← Volver al listado del 4 de junio
Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-12015 – 4 de junio de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU.

📅 4 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 55 páginas
📖 Te quedan 2 consultas gratuitas. Créate una cuenta gratis para seguir consultando sin límites.

Recibe alertas BOE personalizadas cada mañana

Configura palabras clave y Lawly te notifica solo las disposiciones que afectan a tu práctica.

Crear cuenta gratis Ya tengo cuenta

Resumen

Registro del III Convenio colectivo de Game Stores Iberia para 2026-2028

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica el III Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU, que establece las condiciones laborales para todos los empleados de esta empresa de videojuegos y productos audiovisuales. El convenio tiene una vigencia de tres años (2026-2028) y regula aspectos como clasificación profesional, jornada laboral, contratación y organización del trabajo. Afecta a todos los centros de trabajo de la empresa en territorio español y sustituye íntegramente las condiciones anteriores.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Condiciones de trabajo, clasificación profesional, modalidades de contratación, organización laboral y derechos/obligaciones de trabajadores en Game Stores Iberia, SLU
  • A quién afecta:
    • Todos los empleados con relación laboral común de Game Stores Iberia
    • Excluye personal directivo y relaciones laborales especiales del ET
  • Ámbito territorial: Todos los centros de trabajo actuales y futuros en territorio español
  • Actividad empresarial: Comercialización de videojuegos, productos audiovisuales, electrónicos, servicios técnicos y telefonía

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Clasificación Profesional

  • 6 Grupos Profesionales (A-F) según autonomía, formación, responsabilidad y complejidad
  • 5 Áreas Funcionales: Tiendas, Logística, SAT (Servicio Técnico), Atención/Eventos, Oficinas
  • Sistema de encuadramiento basado en factores objetivos de valoración

Contratación y Períodos de Prueba

  • Períodos de prueba variables: desde 5 semanas (Grupos E-F) hasta 8 meses (Grupo A)
  • Regulación específica de contratos temporales, tiempo parcial y formativos
  • Horas complementarias: máximo 60% de la jornada ordinaria, con 10€/hora de retribución

Organización del Trabajo

  • Movilidad funcional dentro del mismo grupo profesional
  • Cambio de centro: notificación 7 días (sin movilidad geográfica) o 30 días (con movilidad)
  • Control empresarial de medios informáticos respetando la dignidad del trabajador

Gobernanza

  • Comisión Paritaria (4 representantes por parte) para interpretación y resolución de conflictos
  • Adhesión al VI Acuerdo de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Vigencia: 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2028 (3 años)
  • Efectos económicos: retroactivos desde 1 de enero de 2026
  • Prórroga automática: año a año salvo denuncia con 3 meses de antelación
  • Ultraactividad: mantenimiento de condiciones hasta nuevo acuerdo
  • Constitución Comisión Paritaria: dentro del mes siguiente a la firma

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la Empresa

  • Marco regulatorio completo para gestión de RRHH en todos los centros
  • Flexibilidad en contratación temporal y movilidad funcional
  • Herramientas de control y organización del trabajo definidas

Para los Trabajadores

  • Estabilidad contractual: principio de contratación indefinida
  • Clasificación profesional clara con criterios objetivos de promoción
  • Protección ante discriminación y garantías de dignidad laboral
  • Procedimientos de resolución de conflictos antes del ejercicio de huelga

Para Representantes Sindicales

  • Participación en Comisión Paritaria para interpretación del convenio
  • Mecanismos de información sobre movilidad funcional
  • Sistema extrajudicial de resolución de conflictos

Nota importante: El convenio sustituye íntegramente las condiciones anteriores y se aplica con vinculación a la totalidad, por lo que cualquier modificación debe respetar el conjunto del acuerdo.

Generado el 04/06/2026 05:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.