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Resolución III. Otras disposiciones

Prórroga del convenio de colaboración policial en materia de juego con Castilla-La Mancha

BOE-A-2026-12008 — 4 de junio de 2026

Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en materia de juego.

📅 4 de junio de 2026 🏛️ MINISTERIO DEL INTERIOR 📄 2 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se prorroga por cuatro años adicionales el convenio de colaboración entre la Dirección General de la Policía y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la inspección y control del sector del juego. La prórroga mantiene el mismo marco de cooperación establecido en 2022, sin coste económico adicional para las partes. El acuerdo permite continuar con la colaboración entre las unidades especializadas de la Policía Nacional y el personal autonómico en materia de juego.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Prórroga del convenio de colaboración para la inspección y control del juego mediante unidades especializadas de la Policía Nacional en coordinación con personal autonómico
  • A quién afecta:
    • Operadores de juego en Castilla-La Mancha
    • Policía Nacional (unidades de Inspección de Juego)
    • Consejería competente en materia de juego de Castilla-La Mancha
    • Sector del juego y apuestas en general
  • Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Prórroga por 4 años: Extensión del convenio original firmado el 16 de mayo de 2022 hasta el 27 de mayo de 2030
  • Mantenimiento del marco de colaboración: Se conservan todas las condiciones del convenio original sin modificaciones
  • Sin coste económico: La prórroga no conlleva contraprestaciones económicas para ninguna de las partes
  • Coordinación operativa: Continuidad en la colaboración entre unidades policiales especializadas y personal autonómico habilitado
  • Registro obligatorio: Inscripción en el REOICO (Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Perfeccionamiento: 25 de mayo de 2026 (fecha de suscripción)
  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el REOICO (plazo de 5 días hábiles desde la formalización)
  • Publicación en BOE: Plazo de 10 días hábiles desde la formalización
  • Duración de la prórroga: 4 años adicionales (hasta el 27 de mayo de 2030)
  • Publicación facultativa: Posible publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para operadores de juego en Castilla-La Mancha:

  • Continuidad en el régimen de inspección y control coordinado entre administraciones
  • Mantenimiento de los procedimientos de supervisión establecidos desde 2022

Para las administraciones públicas:

  • Garantía de continuidad en la colaboración interadministrativa sin interrupciones
  • Mantenimiento de la eficiencia operativa en el control del sector del juego
  • No hay impacto presupuestario adicional

Para el sector del juego:

  • Estabilidad regulatoria y de supervisión durante cuatro años más
  • Previsibilidad en los mecanismos de control y inspección
  • Coordinación reforzada entre autoridades estatales y autonómicas
Generado el 04/06/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.