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Resolución I. Disposiciones generales

BOE-A-2026-11582 – 29 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

📅 29 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 95 páginas

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Resumen

Nuevos modelos para presentar cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución actualiza los modelos oficiales para la presentación de cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil. Las modificaciones incluyen la adopción del nuevo código CNAE-2025, la incorporación de obligaciones fiscales derivadas del impuesto mínimo global, y la inclusión de un nuevo informe público sobre el impuesto de sociedades por países para grandes empresas multinacionales. Los cambios son de aplicación inmediata tras su publicación.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Modifica los modelos oficiales para depositar cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil
  • A quién afecta:
    • Sociedades obligadas a consolidar cuentas anuales
    • Grandes grupos multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros
    • Registradores mercantiles y asesores contables
  • Ámbito territorial: España (con traducción a lenguas cooficiales)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Principales modificaciones:

  1. Actualización clasificación de actividades: Eliminación completa del CNAE-2009 y mantenimiento exclusivo del CNAE-2025

  2. Nuevas obligaciones fiscales: Adaptación a la normativa sobre impuesto mínimo global para grupos multinacionales, incluyendo exenciones temporales en el reconocimiento de activos y pasivos diferidos

  3. Informe público por países: Incorporación obligatoria del informe sobre impuesto de sociedades por países para empresas con ingresos superiores a 750 millones de euros, incluyendo:

    • Ingresos totales por país
    • Beneficios antes de impuestos
    • Impuestos devengados y pagados
    • Número de empleados
    • Actividades principales
  4. Formato electrónico europeo: Actualización de especificaciones XBRL según taxonomía ESEF 2025

  5. Nuevos controles: Actualización de tests de errores eliminando referencias al CNAE-2009

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata tras publicación en el BOE
  • Aplicación obligatoria: Para todas las cuentas anuales formuladas y presentadas en el Registro Mercantil con posterioridad a la publicación
  • Informe por países: Obligatorio para ejercicios iniciados a partir del 22 de junio de 2024

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las empresas:

  • Actualización inmediata de sistemas contables para usar exclusivamente CNAE-2025
  • Grandes multinacionales deben preparar el nuevo informe público por países con información fiscal detallada
  • Revisión de procesos de consolidación para incorporar las nuevas exenciones fiscales del impuesto mínimo global
  • Adaptación de software contable y de presentación electrónica a los nuevos formatos XBRL

Para asesores y registradores:

  • Formación en los nuevos modelos y requisitos de información
  • Verificación del cumplimiento de las nuevas obligaciones de transparencia fiscal
  • Actualización de procedimientos de validación y control de errores

Consideraciones especiales:

  • Las empresas deben marcar específicamente en la solicitud si presentan el informe por países
  • La información fiscal puede basarse en las instrucciones del modelo 231 de declaración país por país
  • Disponibilidad de modelos traducidos a lenguas cooficiales en la web ministerial
Generado el 29/05/2026 05:46 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.