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Orden Ministerial III. Otras disposiciones

Servicios mínimos para huelga del sector del metal en La Coruña los días 26 y 27 de mayo

BOE-A-2026-11392 — 26 de mayo de 2026

Orden TED/512/2026, de 25 de mayo, por la que se establecen servicios mínimos de manera que quede garantizado el suministro de energía eléctrica, la seguridad de las personas y la seguridad de las instalaciones, ante la huelga que afectará a todas las empresas del sector del convenio colectivo del metal de la provincia de La Coruña, los días 26 y 27 de mayo de 2026.

📅 26 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 7 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta orden establece los servicios mínimos obligatorios que deben mantener las empresas eléctricas durante la huelga del sector del metal en La Coruña los días 26 y 27 de mayo de 2026. La medida garantiza la continuidad del suministro eléctrico y la seguridad de las instalaciones energéticas ante una huelga que afecta a empresas del convenio colectivo siderometalúrgico provincial. Se basa en el informe técnico de Red Eléctrica de España que identifica instalaciones críticas para la estabilidad del sistema eléctrico nacional.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Servicios mínimos obligatorios en empresas eléctricas durante huelga sectorial
  • A quién afecta:
    • Empresas de generación, transporte y distribución eléctrica en La Coruña
    • Trabajadores del sector eléctrico afectados por la huelga del metal
    • Empresas específicas: Endesa Generación SA, UFD Distribución Electricidad SA, Edistribución Redes Digitales SL, Naturgy Generación SLU
  • Ámbito territorial: Provincia de La Coruña, con impacto en el sistema eléctrico nacional

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Instalaciones críticas obligatorias:

  • Mantenimiento en funcionamiento del ciclo combinado de Sabón 3
  • Disponibilidad garantizada del ciclo combinado de Puentes 5
  • Reposición de todas las instalaciones de transporte fuera de servicio que admitan reactivación

Servicios mínimos operativos:

  • Centros de control: Plena operatividad de centros de control de generación y distribución
  • Comunicaciones: Mantenimiento de sistemas de comunicación en tiempo real con Red Eléctrica
  • Personal de emergencia: Retenes y brigadas para reparación de averías y defectos
  • Plantillas específicas: Personal mínimo detallado en anexo por empresa y actividad

Marco normativo aplicado:

  • Real Decreto 1170/1988 sobre servicios mínimos en empresas eléctricas
  • Ley 24/2013 del Sector Eléctrico (servicio de interés económico general)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Vigencia: 26 y 27 de mayo de 2026 (48 horas)
  • Horario de huelga: 24 horas diarias (0:00 a 24:00h), en turnos desde 22:00-23:00h del día anterior
  • Efectos inmediatos: Desde la publicación en BOE
  • Sin régimen transitorio: Aplicación directa durante las fechas de huelga

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para empresas eléctricas:

  • Obligación legal de mantener las plantillas mínimas especificadas en el anexo
  • Coordinación obligatoria con Red Eléctrica de España para despacho de energía
  • Responsabilidad de garantizar operatividad de centros de control y comunicaciones
  • Designación de personal de guardia y brigadas de emergencia

Para el sistema eléctrico:

  • Garantía de suministro eléctrico nacional durante la huelga
  • Priorización de instalaciones no afectadas por la huelga
  • Seguridad de personas e instalaciones eléctricas

Recursos legales disponibles:

  • Recurso contencioso-administrativo: Ante Audiencia Nacional (2 meses)
  • Recurso de reposición: Ante la Ministra (1 mes)

⚠️ Nota importante: El incumplimiento de estos servicios mínimos puede acarrear responsabilidades legales para las empresas afectadas.

Generado el 26/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.