1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta orden establece los servicios mínimos obligatorios que deben mantener las empresas eléctricas durante la huelga del sector del metal en La Coruña los días 26 y 27 de mayo de 2026. La medida garantiza la continuidad del suministro eléctrico y la seguridad de las instalaciones energéticas ante una huelga que afecta a empresas del convenio colectivo siderometalúrgico provincial. Se basa en el informe técnico de Red Eléctrica de España que identifica instalaciones críticas para la estabilidad del sistema eléctrico nacional.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Servicios mínimos obligatorios en empresas eléctricas durante huelga sectorial
- A quién afecta:
- Empresas de generación, transporte y distribución eléctrica en La Coruña
- Trabajadores del sector eléctrico afectados por la huelga del metal
- Empresas específicas: Endesa Generación SA, UFD Distribución Electricidad SA, Edistribución Redes Digitales SL, Naturgy Generación SLU
- Ámbito territorial: Provincia de La Coruña, con impacto en el sistema eléctrico nacional
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Instalaciones críticas obligatorias:
- Mantenimiento en funcionamiento del ciclo combinado de Sabón 3
- Disponibilidad garantizada del ciclo combinado de Puentes 5
- Reposición de todas las instalaciones de transporte fuera de servicio que admitan reactivación
Servicios mínimos operativos:
- Centros de control: Plena operatividad de centros de control de generación y distribución
- Comunicaciones: Mantenimiento de sistemas de comunicación en tiempo real con Red Eléctrica
- Personal de emergencia: Retenes y brigadas para reparación de averías y defectos
- Plantillas específicas: Personal mínimo detallado en anexo por empresa y actividad
Marco normativo aplicado:
- Real Decreto 1170/1988 sobre servicios mínimos en empresas eléctricas
- Ley 24/2013 del Sector Eléctrico (servicio de interés económico general)
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Vigencia: 26 y 27 de mayo de 2026 (48 horas)
- Horario de huelga: 24 horas diarias (0:00 a 24:00h), en turnos desde 22:00-23:00h del día anterior
- Efectos inmediatos: Desde la publicación en BOE
- Sin régimen transitorio: Aplicación directa durante las fechas de huelga
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para empresas eléctricas:
- Obligación legal de mantener las plantillas mínimas especificadas en el anexo
- Coordinación obligatoria con Red Eléctrica de España para despacho de energía
- Responsabilidad de garantizar operatividad de centros de control y comunicaciones
- Designación de personal de guardia y brigadas de emergencia
Para el sistema eléctrico:
- Garantía de suministro eléctrico nacional durante la huelga
- Priorización de instalaciones no afectadas por la huelga
- Seguridad de personas e instalaciones eléctricas
Recursos legales disponibles:
- Recurso contencioso-administrativo: Ante Audiencia Nacional (2 meses)
- Recurso de reposición: Ante la Ministra (1 mes)
⚠️ Nota importante: El incumplimiento de estos servicios mínimos puede acarrear responsabilidades legales para las empresas afectadas.