ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-8271
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica un convenio de colaboración entre el CIEMAT y la Universidad Complutense de Madrid para facilitar prácticas formativas externas no laborales de estudiantes universitarios. El acuerdo sustituye a un convenio anterior ampliando su alcance para incluir prácticas curriculares, trabajos de fin de grado y máster. Establece un marco jurídico para la cooperación educativa entre ambas instituciones durante cuatro años.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Objeto principal: Convenio de colaboración educativa para prácticas formativas externas no laborales
- Modalidades incluidas: Prácticas curriculares, desarrollo de Trabajos de Fin de Grado y Trabajos de Fin de Máster
- Sustitución normativa: Reemplaza el convenio de 16 de septiembre de 2025
A quién afecta
- Estudiantes: De grado y postgrado de la Universidad Complutense de Madrid
- Instituciones: UCM y CIEMAT como entidades colaboradoras
- Tutores académicos: Tanto universitarios como del centro de investigación
Ámbito territorial
- Comunidad de Madrid: Específicamente Madrid capital
- Centros implicados: UCM (Av. Séneca, 2) y CIEMAT (Av. Complutense, 40)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Estructura del convenio
- Duración: 4 años desde su registro oficial
- Posibilidad de prórroga: Hasta 4 años adicionales por acuerdo unánime
- Carácter gratuito: Sin compensación económica para estudiantes ni instituciones
Obligaciones de la UCM
- Designar tutor académico por cada estudiante
- Supervisar las actividades formativas
- Asumir la inclusión en Seguridad Social de los estudiantes
- Proporcionar cobertura de seguros (responsabilidad civil y accidentes)
Obligaciones del CIEMAT
- Designar tutor por cada estudiante
- Facilitar la realización de exámenes
- Emitir informes de aprovechamiento
- Comunicar incidencias a la UCM
Aspectos clave
- Régimen jurídico: No genera relación laboral
- Propiedad intelectual: Resultados científicos pertenecen al CIEMAT
- Confidencialidad: Obligación de secreto durante 5 años post-terminación
- Protección de datos: Cumplimiento del RGPD y normativa nacional
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Entrada en vigor
- Fecha de suscripción: 6 de abril de 2026
- Eficacia jurídica: Tras inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en BOE
- Vigencia: 4 años desde el registro
Plazos relevantes
- Extinción convenio anterior: Automática desde la inscripción del nuevo convenio
- Resolución por incumplimiento: 15 días de plazo para subsanar tras requerimiento
- Denuncia del convenio: 3 meses de antelación mínima
Régimen transitorio
- Sustitución inmediata: El nuevo convenio reemplaza totalmente al de septiembre de 2025
- Continuidad: Las prácticas en curso se regirán por el nuevo marco normativo
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para estudiantes universitarios
- Oportunidades ampliadas: Mayor variedad de modalidades formativas disponibles
- Cobertura social: Inclusión automática en Seguridad Social durante las prácticas
- Protección asegurada: Cobertura integral de seguros de responsabilidad civil y accidentes
- Obligaciones: Cumplimiento de normas internas del CIEMAT y deber de confidencialidad
Para la Universidad Complutense
- Gestión administrativa: Necesidad de designar tutores y supervisar prácticas
- Responsabilidades económicas: Asumir costes de Seguridad Social y seguros
- Control académico: Supervisión y evaluación del aprovechamiento formativo
Para el CIEMAT
- Colaboración educativa: Participación activa en formación universitaria sin coste
- Derechos de propiedad: Titularidad exclusiva sobre resultados de investigación
- Compromisos formativos: Designación de tutores y elaboración de informes
Para el sector educativo y de investigación
- Modelo de referencia: Marco jurídico replicable para convenios similares
- Transferencia de conocimiento: Fortalecimiento de vínculos universidad-centros de investigación
- Formación especializada: Mejora de la empleabilidad en sectores energético, medioambiental y tecnológico