ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-8252
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica el convenio específico entre la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) y el IES San Fernando para que estudiantes de formación profesional de grados D y E realicen prácticas formativas en las instalaciones de la FNMT-RCM. Se trata de la aplicación práctica de un modelo de convenio normalizado previamente autorizado por el Ministerio de Hacienda para facilitar la formación dual en el sector público. El convenio establece el marco jurídico para que los alumnos completen su formación práctica en un entorno laboral real, sin carácter laboral sino exclusivamente formativo.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Objeto principal: Convenio de colaboración para prácticas formativas de estudiantes de FP
- Marco normativo: Desarrollo del modelo de convenio normalizado autorizado el 16 de julio de 2024
- Base legal: Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público y normativa de formación profesional
A quién afecta
- Estudiantes: Alumnos de grados D y E de formación profesional del IES San Fernando
- Centros educativos: IES San Fernando (Madrid) y potencialmente otros centros que se adhieran
- Entidades colaboradoras: FNMT-RCM como organismo receptor de prácticas
- Administraciones: Consejería de Educación de Madrid y Ministerio de Hacienda
Ámbito territorial
- Específico: Comunidad de Madrid (IES San Fernando)
- Extensible: Modelo aplicable a otros centros educativos de Madrid
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características de las prácticas formativas
- Duración: Según normativa específica de cada título profesional
- Horario: Entre 7:00 y 22:00 horas, máximo 8 horas/día, de lunes a viernes
- Modalidad: Presencial en instalaciones FNMT-RCM, con posibilidad de teletrabajo
- Requisitos: Estudiantes mayores de 16 años con formación en prevención de riesgos laborales
Obligaciones de la FNMT-RCM
- Facilitar acceso a tutores del centro educativo
- Cumplir la programación formativa acordada
- Proporcionar equipos de protección necesarios
- Supervisar el progreso del estudiante
- Informar a representantes de trabajadores
Obligaciones del centro educativo
- Elaborar criterios objetivos de selección de estudiantes
- Desarrollar el plan de formación específico
- Realizar seguimiento y evaluación continua
- Proporcionar asesoría técnica a la empresa
- Gestionar la documentación oficial requerida
Aspectos económicos y de seguridad social
- Sin contraprestación económica entre las partes
- Seguridad Social: Gestión y costes a cargo de la Consejería de Educación de Madrid
- Seguros: Responsabilidad civil cubierta por la administración educativa
- Naturaleza: Exclusivamente formativa, nunca laboral
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fechas clave
- Convenio firmado: 9 de marzo de 2026
- Inscripción REOICO: 25 de marzo de 2026
- Publicación BOE: 30 de marzo de 2026
- Vigencia: 4 años desde la inscripción en REOICO
Plazos relevantes
- Prórroga: Posible por otros 4 años con acuerdo expreso antes del vencimiento
- Notificación de denuncia: 3 meses de antelación
- Comunicación de ausencias: Con la máxima antelación posible
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para centros educativos
- Deben establecer criterios transparentes de selección de estudiantes
- Obligatorio elaborar planes de formación específicos coordinados con la empresa
- Necesario designar tutores para seguimiento continuo
- Gestión documental según modelos oficiales de la Comunidad de Madrid
Para estudiantes
- Oportunidad de formación práctica en entorno profesional real
- Cobertura de Seguridad Social sin coste personal
- Obligaciones: Cumplir horarios, normas internas, confidencialidad y prevención de riesgos
- Requisitos: Mayoría de edad (16 años) y formación preventiva previa
Para empresas del sector público
- Modelo replicable para otras entidades públicas empresariales
- Marco jurídico claro para colaboración educativa
- Beneficios: Acceso a talento joven y contribución a la formación profesional
- Obligaciones: Tutorización, cumplimiento normativo y facilidades para seguimiento
Para la administración
- Consolidación del modelo de formación dual en el sector público
- Optimización de recursos mediante convenios normalizados
- Control a través del registro REOICO y comisiones de seguimiento
Nota importante: Este convenio específico sirve como modelo para futuras adhesiones de otros centros educativos al convenio marco, facilitando la expansión de la formación dual en organismos públicos.