RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Trabajo registra y publica el acuerdo de revisión salarial para 2025 y el incremento salarial para 2026 del convenio colectivo estatal del sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. No se aplica revisión salarial para 2025 al haberse quedado el IPC (2,9%) por debajo del incremento pactado (3%), mientras que para 2026 se establece un incremento del 2,5% en todos los conceptos salariales y complementos.
2. OBJETO Y ÁMBITO
Qué regula
- Revisión salarial 2025: Confirmación de que no procede ajuste adicional
- Incremento salarial 2026: Aplicación del 2,5% sobre salarios y complementos
- Actualización de tablas salariales, plus de nocturnidad, compensaciones y dietas
A quién afecta
- Empresas: Mayoristas e importadores de productos químicos industriales, droguería, perfumería y anexos
- Trabajadores: Personal empleado en estas empresas a nivel nacional
- Organizaciones: FEMPDA, AECQ, FEDEQUIM (empresariales) y CC.OO.-Industria, UGT-FeSMC (sindicales)
Ámbito territorial
- Nacional (convenio colectivo estatal)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Revisión Salarial 2025
- IPC real: 2,9% (inferior al 3% pactado)
- Decisión: No procede revisión adicional
- Confirmación: Se mantienen los incrementos del 3% ya aplicados en 2025
Incremento Salarial 2026
- Porcentaje: 2,5% sobre todos los conceptos
- Salarios mínimos garantizados (nuevas cuantías anuales):
- Grupo I: 20.356,35€
- Grupo II: 21.139,28€
- Grupo III: 21.725,10€
- Grupo IV: 22.312,29€
- Grupo V: 23.290,96€
- Grupo VI: 26.031,24€
- Grupo 0: 28.770,14€
Otros conceptos actualizados para 2026
- Plus nocturnidad: 14,78€ por noche completa
- Compensación trabajo a distancia: 43,89€ mensuales (jornada completa 100%)
- Dietas actualizadas:
- Una comida fuera: 15,64€/día
- Dos comidas fuera: 31,29€/día
- Dos comidas + pernoctación: 132,41€/día
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
Fechas clave
- Acuerdo firmado: 28 de enero de 2026
- Publicación BOE: 12 de febrero de 2026
- Aplicación incrementos 2026: 1 de enero de 2026 (efectos retroactivos)
Plazos
- Inmediato: Las empresas deben aplicar los nuevos importes desde el 1 de enero de 2026
- Regularización: Procede ajustar las nóminas de enero 2026 con los nuevos valores
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para las empresas del sector
- Obligatorio: Aplicar el incremento del 2,5% en todas las partidas salariales desde enero 2026
- Actualización: Revisar sistemas de nómina con las nuevas tablas y complementos
- Coste laboral: Incremento efectivo del 2,5% en la masa salarial
Para los trabajadores
- Beneficio: Incremento salarial del 2,5% con efectos desde enero 2026
- Regularización: Derecho a percibir diferencias si no se aplicó desde enero
- Complementos: Mejora en plus de nocturnidad, trabajo a distancia y dietas
Para departamentos de RRHH y asesorías
- Acción inmediata: Actualizar tablas salariales y sistemas de cálculo
- Comunicación: Informar a empresas del sector sobre las nuevas cuantías
- Cumplimiento: Verificar correcta aplicación en nóminas de 2026
Código de convenio: 99001095011981