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Orden Ministerial III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10316 – 12 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Orden APA/461/2026, de 29 de abril, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios en relación con el seguro de explotaciones de fresón y otros frutos rojos, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

📅 12 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 25 páginas

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Resumen

Seguro agrario para cultivos de fresón y frutos rojos 2026

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Orden APA/461/2026 regula el seguro agrario para explotaciones de fresón y otros frutos rojos (arándano, frambuesa, grosella y mora) dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados. Establece las condiciones técnicas, ámbitos geográficos, períodos de garantía y precios para asegurar tanto las producciones como las plantaciones e instalaciones. Esta normativa es fundamental para los productores de estos cultivos, ya que les permite protegerse contra riesgos climáticos y adversidades que puedan afectar sus cosechas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Condiciones del seguro agrario para fresón, fresa, arándano, frambuesa, grosella y mora
  • Cobertura de producciones, plantaciones e instalaciones relacionadas
  • Riesgos cubiertos: helada, pedrisco, inundación, viento huracanado, fauna silvestre, entre otros

A quién afecta:

  • Agricultores y explotaciones agrarias dedicadas al cultivo de frutos rojos
  • Entidades asociativas agrarias, cooperativas y sociedades mercantiles del sector
  • Aseguradoras agrarias (AGROSEGURO)

Ámbito territorial:

  • Todo el territorio nacional excepto Canarias
  • Zonificación específica por comarcas según cultivos y riesgos

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Bienes Asegurables

  • Producciones: fresón, fresa, arándano, frambuesa, grosella y mora (bajo invernadero, microtúnel o aire libre)
  • Plantaciones: arbustos de cultivos plurianuales desde implantación hasta entrada en producción
  • Instalaciones: invernaderos, microtúneles, sistemas de riego, climatización, estructuras antigranizo

Condiciones Técnicas Mínimas

  • Preparación adecuada del terreno
  • Abonado según necesidades del cultivo
  • Control fitosanitario y de malas hierbas
  • Riegos oportunos en cultivos de regadío
  • Cumplimiento de normativa de agricultura ecológica cuando proceda

Módulos de Aseguramiento

  • Módulo 1: Cobertura completa con cálculo por explotación/comarca
  • Módulo 2: Cobertura mixta (parcela para algunos riesgos, explotación para otros)
  • Módulo 3: Cobertura completa con cálculo por parcela
  • Módulo P: Cobertura básica (pedrisco, helada opcional, riesgos excepcionales)

Zonificación por Riesgos

  • Área I: Zonas costeras y de clima más benigno (mayor cobertura)
  • Área II: Zonas de clima intermedio
  • Área III: Resto del territorio (cobertura más limitada)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor: 30 de abril de 2026 (día siguiente a la publicación)

Períodos de suscripción:

  • Comarcas de Cádiz, Huelva y Sevilla: 1 de junio a 15 de noviembre
  • Ávila, Salamanca, Segovia y Soria: hasta 31 de marzo del año siguiente
  • Resto del ámbito: 15 de noviembre a 31 de marzo del año siguiente

Períodos de garantía:

  • Variables según cultivo y zona geográfica
  • Desde el arraigue/trasplante hasta la recolección o fechas límite específicas
  • Para instalaciones: 12 meses desde inicio de garantías

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para Agricultores

  • Obligación de asegurar la totalidad de producciones de la misma clase
  • Deben cumplir condiciones técnicas mínimas para evitar reducción de indemnizaciones
  • Pueden elegir entre diferentes módulos según sus necesidades de cobertura
  • Los precios unitarios son de libre elección dentro de los límites establecidos

Para el Sector

  • Mayor seguridad jurídica y económica para inversiones en frutos rojos
  • Protección específica para cultivos de alto valor añadido
  • Cobertura adaptada a las particularidades geográficas y climáticas
  • Incentivo para la adopción de buenas prácticas agrarias

Aspectos Clave a Considerar

  • La prima debe pagarse dentro del período de suscripción para que el seguro tenga validez
  • Las instalaciones solo pueden asegurarse si se asegura también la producción
  • ENESA puede ampliar excepcionalmente los períodos de suscripción
  • Aplicación también al 48º Plan de Seguros Agrarios Combinados
Generado el 12/05/2026 05:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.