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Orden Ministerial III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10315 – 12 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Orden APA/460/2026, de 29 de abril, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios en relación con el seguro de explotaciones de hortalizas bajo cubierta, en la Península y en la Comunidad Autónoma de Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

📅 12 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 25 páginas
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Resumen

Seguro agrario para hortalizas bajo cubierta en Península y Baleares 2026

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta orden ministerial establece las condiciones técnicas y económicas del seguro agrario para explotaciones de hortalizas cultivadas bajo invernadero en la Península y Baleares para 2026. Define qué producciones e instalaciones son asegurables, los riesgos cubiertos (helada, pedrisco, virosis, etc.), las condiciones mínimas de cultivo y los precios unitarios aplicables. La norma forma parte del 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados y busca proteger a los agricultores frente a adversidades climáticas y fitosanitarias.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Las condiciones del seguro agrario para hortalizas, plantas aromáticas, culinarias y medicinales cultivadas bajo cubierta, incluyendo bienes asegurables, riesgos cubiertos, condiciones técnicas y precios
  • A quién afecta: Agricultores y explotaciones hortícolas bajo invernadero, entidades aseguradoras agrarias (AGROSEGURO), cooperativas y sociedades agrícolas
  • Ámbito territorial: Todo el territorio nacional excepto Canarias, dividido en tres áreas según riesgos y garantías (Área I: zonas costeras mediterráneas; Área II: interior peninsular; Área III: resto del territorio)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Bienes y producciones asegurables

  • Producciones: Hortalizas, plantas aromáticas, culinarias y medicinales bajo cubierta susceptibles de recolección durante el período de garantía
  • Instalaciones: Cortavientos, invernaderos, cabezales de riego y climatización, redes de riego localizado (con características técnicas mínimas específicas)
  • Exclusiones: Parcelas experimentales, cultivos abandonados, invernaderos para autoconsumo

Riesgos cubiertos y módulos de aseguramiento

  • Módulo 1: Cobertura completa (pedrisco, helada, viento, virosis, riesgos excepcionales, resto adversidades climáticas)
  • Módulos 2, 3 y P: Coberturas parciales con opciones de helada, virosis y enfermedades
  • Riesgos específicos: Virosis garantizada en 7 CCAA para cultivos específicos; helada según área geográfica y tipo de cubierta

Condiciones técnicas obligatorias

  • Preparación adecuada del terreno, abonado según necesidades del cultivo
  • Siembra/trasplante oportuno con material sanitariamente adecuado
  • Control de malas hierbas y tratamientos fitosanitarios necesarios
  • Riegos suficientes en cultivos de regadío
  • Para virosis: cumplimiento del RD 1938/2004 sobre control de insectos vectores

Períodos y precios

  • Dos clases de cultivo: siembra/trasplante del 1/6 al 30/11 y del 1/12 al 31/5
  • Suscripción: Desde 1 de junio hasta 31 de octubre (con variaciones según ciclo)
  • Precios: Rangos establecidos por especie (ej: tomate 39-65 €/100kg convencional, 46-77 €/100kg ecológico)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Día siguiente a la publicación en el BOE (30 de abril de 2026)
  • Períodos de suscripción:
    • Ciclo 3 (siembra 1/6-31/7): 1 junio - 15 septiembre (Módulo 1) / 31 octubre (otros)
    • Ciclo 1 (siembra 1/8-30/11): 1 junio - 15 septiembre (Módulo 1) / 31 octubre (otros)
    • Ciclo 2 (siembra 1/12-31/3): 1 diciembre - 31 enero (Módulo 1) / 30 abril (otros)
  • Garantías: Desde arraigo de plantas (trasplante) o primera hoja verdadera (siembra directa)
  • Duración máxima: Variable por cultivo (3-11 meses según especie y ciclo)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para agricultores

  • Obligación de aseguramiento total: Deben asegurar todas las producciones de la misma clase que posean
  • Elección de módulo: Seleccionar entre 4 opciones de cobertura según necesidades y riesgo asumido
  • Cumplimiento técnico: Mantener buenas prácticas agrarias para evitar reducción de indemnizaciones
  • Pago de primas: Dentro de los plazos de suscripción para validez del seguro

Para instalaciones

  • Requisitos técnicos: Cumplir características mínimas de edad, materiales y estado de conservación
  • Certificación: Instalaciones que superen edad máxima necesitan certificado técnico visado
  • Aseguramiento conjunto: Si se aseguran instalaciones, es obligatorio asegurar también la producción

Para el sector

  • Protección ampliada: Cobertura específica para virosis en zonas de mayor riesgo
  • Flexibilidad: Diferentes módulos permiten adaptar cobertura a perfil de riesgo de cada explotación
  • Precios actualizados: Rangos de precios diferenciados para producción convencional y ecológica
Generado el 12/05/2026 05:50 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.