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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-9784 — 5 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 28 de abril de 2026, de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, por la que se convocan pruebas de aptitud para el ejercicio de la profesión de la abogacía en España por parte de ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

📅 5 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 8 páginas

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Resumen

Convocatoria de exámenes para abogados europeos que quieran ejercer en España

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución convoca las pruebas de aptitud que deben superar los abogados nacionales de países de la UE y del Espacio Económico Europeo para poder ejercer la profesión en España. La prueba es obligatoria debido a que el ejercicio de la abogacía requiere conocimientos específicos del derecho español. Los candidatos tendrán 20 días hábiles desde la publicación para presentar su solicitud y deberán abonar una tasa de 46,69 euros.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Convocatoria de pruebas de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional de abogados europeos
  • A quién afecta:
    • Abogados nacionales de Estados miembros de la UE y del Espacio Económico Europeo
    • Colegios de Abogados españoles
    • Administración de Justicia
  • Ámbito territorial: Todo el territorio español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Requisitos para participar:

  • Nacionalidad de país UE o EEE (mantenida hasta finalizar la prueba)
  • Poseer documento oficial que acredite el ejercicio de la abogacía en país UE/EEE

Proceso de solicitud:

  • Plazo: 20 días hábiles desde publicación en BOE
  • Modalidad: Preferentemente electrónica a través del Punto de Acceso General
  • Tasa: 46,69 euros
  • Documentación: Solicitud, declaración responsable y documento de identidad

Estructura de la prueba:

  • Formato: Resolución de caso práctico en castellano (4 horas máximo)
  • Especialidades: Civil, Penal, Mercantil, Laboral o Contencioso-Administrativo
  • Fase oral: Lectura del ejercicio ante comisión evaluadora con turno de preguntas (15 minutos máximo)
  • Materias: Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Mercantil, Penal, Laboral, Organización Judicial y Deontología Profesional

Calificación:

  • Resultado: "Apto" o "No apto"
  • Los aprobados deben acreditar requisitos adicionales en 15 días hábiles

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata (publicación en BOE)
  • Plazo de solicitud: 20 días hábiles desde publicación
  • Subsanación de defectos: 10 días hábiles tras publicación de lista provisional
  • Acreditación de requisitos: 15 días hábiles para candidatos aptos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para abogados europeos:

  • Obligatorio superar esta prueba para ejercer en España
  • Deben elegir especialidad al solicitar la inscripción
  • Necesario certificado digital o cl@ve para inscripción electrónica
  • Documentos extranjeros requieren traducción oficial al castellano

Para el sector jurídico:

  • Garantiza que abogados europeos tengan conocimientos del derecho español
  • Facilita la libre circulación de profesionales manteniendo estándares de calidad

Aspectos administrativos:

  • La Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia gestiona todo el proceso
  • Comisión evaluadora con representación de Colegios de Abogados
  • Recursos de alzada ante la Directora General en plazo de un mes

Nota importante: El orden de actuación comenzará alfabéticamente por la letra "U" según sorteo oficial de 2025.

Generado el 05/05/2026 07:45 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.