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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9075 — 25 de abril de 2026

Resolución de 15 de abril de 2026, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Extremadura y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura, para la colaboración científica y tecnológica en Computación Científica Aplicada al Almacenamiento Energético.

📅 25 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES 📄 10 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

BOE-A-2026-9075 | Resolución de 15 de abril de 2026

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica un convenio marco de colaboración científica entre tres entidades para desarrollar investigación en computación científica aplicada al almacenamiento energético. Se constituye una Unidad Mixta que permitirá compartir recursos de supercomputación, personal investigador e infraestructuras entre el Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético (CIIAE), el Centro de Supercomputación de Extremadura y el CIEMAT. El acuerdo tiene una duración de cuatro años y establece las bases para proyectos conjuntos de I+D+i en el sector energético.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Marco de colaboración científica y tecnológica en computación aplicada al almacenamiento energético
  • Constitución de la "Unidad Mixta CIIAE-COMPUTAEX-CIEMAT" de naturaleza colaborativa
  • Régimen de uso compartido de instalaciones, equipamientos y recursos humanos

A quién afecta

  • Entidades firmantes: FUNDECYT-PCTEX (gestora del CIIAE), COMPUTAEX y CIEMAT
  • Sector de investigación energética y centros de supercomputación
  • Personal investigador y técnico de las tres instituciones
  • Estudiantes de grado, máster y doctorado en programas conjuntos

Ámbito territorial

  • Nacional: con sede principal en Madrid (CIEMAT) y Extremadura (FUNDECYT-PCTEX y COMPUTAEX)
  • Proyección internacional: participación en programas europeos y de la Alianza Europea de Investigación Energética (EERA)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Modalidades de colaboración establecidas

  • Proyectos conjuntos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación
  • Uso compartido de supercomputadores (Lusitania, Turgalium y futuro clúster del CIIAE)
  • Intercambio de personal investigador y técnico entre las instituciones
  • Programas formativos conjuntos (TFG, TFM, tesis doctorales)
  • Transferencia de tecnología y explotación conjunta de resultados

Recursos aportados

  • Compromiso mínimo: cada parte destinará 1 FTE (equivalente a tiempo completo) anual
  • Infraestructuras de supercomputación: acceso a clústeres de alto rendimiento con capacidades de hasta 300 TFlops
  • Microgrid de planta piloto del CIIAE para ensayos hasta 2 MW
  • Licencias de software científico especializado (VASP, ANSYS, Matlab)

Gobernanza

  • Comisión de Seguimiento con un representante de cada parte
  • Reuniones anuales ordinarias y extraordinarias cuando se solicite
  • Decisiones por unanimidad en la Comisión

Propiedad intelectual e industrial

  • Cotitularidad proporcional según contribución de recursos de cada parte
  • Protección conjunta de patentes y derechos de propiedad intelectual
  • Régimen de confidencialidad para información no pública

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia del convenio

  • Fecha de firma: 14 de abril de 2026
  • Entrada en vigor: tras inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicación en BOE
  • Duración: 4 años desde el registro
  • Prórroga: posible extensión por otros 4 años adicionales

Plazos relevantes

  • 1 mes: para notificar representantes en la Comisión de Seguimiento
  • 30 días: plazo para autorización de publicaciones por la Comisión
  • 6 meses: preaviso necesario para denuncia del convenio
  • 30 días: plazo para subsanar incumplimientos antes de resolución unilateral

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las instituciones de investigación

  • Acceso ampliado a infraestructuras de supercomputación de última generación
  • Optimización de recursos mediante uso compartido de equipamientos costosos
  • Fortalecimiento de capacidades en computación científica aplicada a energía

Para el sector energético

  • Impulso a la innovación en tecnologías de almacenamiento energético
  • Desarrollo de gemelos digitales para sistemas energéticos
  • Avance en la digitalización de procesos energéticos

Para la formación e investigación

  • Nuevas oportunidades de formación especializada en computación científica
  • Programas académicos conjuntos entre universidades y centros de investigación
  • Intercambios de personal investigador entre instituciones

Para la transferencia tecnológica

  • Marco estructurado para la explotación comercial de resultados
  • Protección coordinada de la propiedad intelectual generada
  • Participación conjunta en convocatorias europeas de financiación

Consideraciones de cumplimiento

  • Las instituciones deben garantizar la aportación mínima de 1 FTE anual
  • Respeto a la normativa de protección de datos (RGPD)
  • Cumplimiento de protocolos de confidencialidad y seguridad digital
Generado el 25/04/2026 05:53 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.