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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9071 — 25 de abril de 2026

Resolución de 16 de abril de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2026-27 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).

📅 25 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CULTURA 📄 21 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9071

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han suscrito un convenio para desarrollar la XIII edición del Programa "Platea" durante la temporada 2026-27. Este programa facilita la circulación de espectáculos de artes escénicas (teatro, danza, circo y lírica) en espacios municipales, promoviendo el acceso ciudadano a la cultura y la sostenibilidad de las temporadas teatrales locales. El convenio establece un modelo de cofinanciación entre el Estado y las entidades locales participantes.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Objeto principal: Desarrollo del Programa estatal "Platea" para la circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de entidades locales
  • Modalidad: Convenio de colaboración interadministrativa con adhesión voluntaria de municipios

A quién afecta

  • Entidades locales: Ayuntamientos asociados a la FEMP con espacios escénicos
  • Compañías artísticas: Grupos profesionales de teatro, danza, circo y lírica con sede en España
  • Ciudadanos: Público beneficiario del acceso a espectáculos de calidad
  • Gestores culturales: Responsables de programación de espacios escénicos municipales

Ámbito territorial

  • Nacional: Todo el territorio español
  • Requisito: Solo pueden participar entidades locales asociadas a la FEMP

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura del Programa

  • Duración: Temporada 2026-27 (10 septiembre 2026 - 9 mayo 2027)
  • Catálogo: Máximo 110 espectáculos de teatro, 55 de danza, 40 de circo y sin límite en lírica
  • Financiación estatal: 6.000.000€ distribuidos entre 2026 (1.928.000€) y 2027 (4.072.000€)

Requisitos para entidades locales

Nuevas adhesiones

  • Haber programado mínimo 12 espectáculos profesionales en temporadas 2024-25 y 2025-26
  • Alcanzar 15% de autofinanciación en dichas temporadas
  • Contar con personal dedicado a programación
  • Adherirse al sistema estadístico CHIVATOS
  • Disponer de espacios con aforo mínimo de 250 localidades

Renovaciones

  • Cumplir compromisos previos de programación y pago
  • Mantener mínimo 10% de autofinanciación (15% para entidades con historial deficiente)
  • No haber cancelado más del 50% de la programación anterior

Obligaciones de programación

  • Mínimo: 4 funciones por entidad local
  • Máximo: 10 funciones por entidad local
  • Diversidad territorial: Compañías de al menos 3 Comunidades Autónomas diferentes
  • Diversidad de géneros: Cuotas mínimas de danza, circo y espectáculos infantiles según número total de funciones

Sistema de financiación

  • Entidad local: 80% de recaudación de taquilla
  • INAEM: Complemento hasta completar el caché pactado (máximo 80% del caché)
  • Distribución del 20% restante: 15% para la entidad local, 5% para el INAEM

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia del convenio

  • Inicio: 15 de abril de 2026 (fecha de firma)
  • Fin: 31 de julio de 2027
  • Eficacia: Tras inscripción en REOICO (5 días hábiles) y publicación en BOE (10 días hábiles)

Plazos clave para entidades locales

  • Solicitudes de adhesión: Según calendario que establezca el INAEM
  • Presentación de programaciones: Plazo a determinar por el INAEM
  • Liquidación de pagos: Máximo 5 días hábiles tras representación
  • Pago a compañías: Máximo 30 días naturales tras facturación

Prórroga

  • Posible extensión hasta 4 años adicionales con acuerdo unánime de las partes

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para entidades locales

  • Oportunidad: Acceso a espectáculos de calidad con cofinanciación estatal
  • Requisitos técnicos: Deben cumplir estándares mínimos de equipamiento (iluminación 40kW, sonido, escenario 6x6m)
  • Gestión: Necesidad de personal especializado en programación cultural
  • Riesgo económico limitado: El INAEM cubre hasta el 80% del caché si la taquilla es insuficiente

Para compañías artísticas

  • Ventajas: Acceso a red nacional de teatros con garantía de pago
  • Limitaciones: Un solo espectáculo por compañía en catálogo, máximo 5 ediciones de participación
  • Cachés: Precios de mercado con límites según aforo del teatro

Para gestores culturales

  • Profesionalización: Acceso a formación especializada y herramientas de gestión
  • Evaluación: Sistema de indicadores de rendimiento basado en autofinanciación
  • Networking: Integración en red nacional de programadores

Aspectos destacables

  • Excepción DANA 2024: Los municipios de Catarroja, Riba-roja de Túria y Torrent tienen requisitos flexibilizados
  • Equilibrio territorial: Mecanismos para fomentar participación de CCAA menos representadas
  • Transparencia: Publicación de catálogos, programaciones y resultados en web oficial

Obligaciones de cumplimiento

  • Mantenimiento de temporadas estables de programación
  • Respeto a plazos de tramitación y pago
  • Participación en acciones formativas cuando se requiera
  • Uso de medios electrónicos para todas las comunicaciones
Generado el 25/04/2026 05:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.