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I. Disposiciones generales

Resumen BOE-A-2026-9047 — 25 de abril de 2026

Ley Foral 5/2026, de 23 de marzo, del Voluntariado de Navarra.

📅 25 de abril de 2026 🏛️ COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 📄 20 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO: LEY FORAL 5/2026 DEL VOLUNTARIADO DE NAVARRA

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Ley Foral 5/2026 moderniza y actualiza el marco normativo del voluntariado en Navarra, derogando la anterior ley de 1998. Establece un régimen integral que reconoce nuevas modalidades de voluntariado (presencial, digital, estable y puntual), refuerza los derechos y deberes de todos los agentes implicados, y crea instrumentos de planificación y promoción como la Red Navarra del Voluntariado y la Escuela de Acción Voluntaria.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Define la acción voluntaria y establece el régimen jurídico completo del voluntariado
  • Regula derechos y deberes de personas voluntarias, entidades de voluntariado y beneficiarios
  • Organiza las funciones de las Administraciones públicas navarras
  • Crea instrumentos de planificación, formación y promoción del voluntariado

A quién afecta:

  • Entidades de voluntariado de cualquier naturaleza jurídica
  • Personas voluntarias (incluidos menores con condiciones específicas)
  • Beneficiarios de la acción voluntaria
  • Administraciones públicas de Navarra (autonómica y local)
  • Centros educativos y universidades
  • Empresas que desarrollen voluntariado corporativo

Ámbito territorial:

Comunidad Foral de Navarra, incluyendo programas de voluntariado exterior/internacional impulsados desde Navarra.

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Definición y principios de la acción voluntaria:

  • Actividad libre, responsable, altruista y solidaria, no remunerada
  • Modalidades: presencial/virtual, estable/puntual
  • 13 principios rectores: voluntariedad, gratuidad, igualdad, inclusión, participación democrática, etc.

Régimen de las personas voluntarias:

  • Derechos: formación, seguridad, participación, reconocimiento, protección de datos
  • Deberes: confidencialidad, diligencia, formación, comunicación de incidencias
  • Menores: participación desde los 12 años con autorización parental (menores de 16)

Entidades de voluntariado:

  • Obligación de tener Plan de Acción Voluntaria y persona coordinadora
  • Acuerdo de compromiso por escrito (salvo eventos puntuales)
  • Seguros obligatorios y cobertura de gastos
  • Prohibiciones de acceso por antecedentes penales específicos

Instrumentos de promoción:

  • Plan de Voluntariado de Navarra (principal instrumento de planificación)
  • Red Navarra del Voluntariado para trabajo colaborativo
  • Escuela de Acción Voluntaria para formación
  • Registro de entidades voluntario y gratuito
  • Consejo Navarro del Voluntariado como órgano consultivo

Reconocimientos:

  • Distinción bienal de "Persona Voluntaria de Navarra"
  • Certificación de competencias y acreditación identificativa
  • Reconocimiento académico universitario posible

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor:

8 de abril de 2026 (día siguiente a su publicación en BON)

Plazos de adaptación:

  • 1 año: Las entidades deben asumir nuevos deberes y contar con Plan de Acción Voluntaria
  • 1 año: Aprobación del nuevo reglamento del Registro de entidades

Régimen transitorio:

  • Vigencia temporal de la Orden Foral 306/2014 sobre Censo de Entidades hasta nuevo reglamento
  • Derogación de la Ley Foral 2/1998

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para entidades de voluntariado:

  • Obligatorio: Elaborar Plan de Acción Voluntaria antes de abril 2027
  • Obligatorio: Designar persona coordinadora de voluntariado
  • Obligatorio: Contratar seguros de responsabilidad civil y accidentes
  • Recomendado: Inscribirse en el nuevo Registro para acceder a subvenciones

Para personas voluntarias:

  • Nuevos derechos: Formación garantizada, participación en planificación, reconocimiento formal
  • Modalidades ampliadas: Posibilidad de voluntariado digital y microvoluntariado
  • Protección reforzada: Seguros obligatorios y procedimientos de mediación

Para Administraciones públicas:

  • Navarra: Crear Escuela de Acción Voluntaria y Mesa Técnica del Voluntariado
  • Entidades locales: Funciones de fomento, promoción y coordinación en su territorio
  • Centros educativos: Promoción del voluntariado como herramienta formativa

Para empresas:

  • Oportunidad: Desarrollar programas de voluntariado corporativo a través de entidades especializadas
  • Requisito: Garantizar carácter libre y altruista de la participación de empleados

Aspectos destacables:

  • Enfoque de género transversal en todas las políticas de voluntariado
  • Inclusión específica de personas con discapacidad, mayores y otros colectivos vulnerables
  • Digitalización del voluntariado como modalidad reconocida
  • Trabajo en red como estrategia de fortalecimiento del sector
Generado el 25/04/2026 05:48 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.