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I. Disposiciones generales

Resumen BOE-A-2026-9043 — 25 de abril de 2026

Decreto-ley 2/2026, de 9 de marzo, por el que se modifica el Decreto-ley 3/2023, de 23 de marzo, por el que se aprueban las condiciones y las cuantías máximas de las prestaciones económicas vinculada al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal, y se modifica la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, en cuanto al régimen de compatibilidades e incompatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias.

📅 25 de abril de 2026 🏛️ COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS 📄 6 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-9043

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Decreto-ley 2/2026 de Canarias actualiza y completa el marco normativo de prestaciones económicas para personas en situación de dependencia, incorporando la regulación completa de la prestación económica de asistencia personal y adaptándose al nuevo Grado III+ de dependencia extrema creado por la normativa estatal. La norma establece cuantías máximas específicas para estas prestaciones y modifica el régimen de compatibilidades entre servicios, garantizando una respuesta integral ante situaciones de dependencia de alta complejidad como la ELA.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Modifica el Decreto-ley 3/2023 para completar la regulación de la prestación económica de asistencia personal (PEAP)
  • Incorpora disposiciones específicas para el nuevo Grado III+ de dependencia extrema
  • Actualiza el régimen de compatibilidades entre prestaciones de dependencia en la Ley 16/2019

A quién afecta

  • Personas en situación de dependencia en Canarias, especialmente con Grado III+
  • Familias cuidadoras y personas que requieren asistencia personal
  • Profesionales del sector sociosanitario y asistentes personales
  • Administración autonómica gestora del SAAD en Canarias

Ámbito territorial

Comunidad Autónoma de Canarias exclusivamente

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Prestación Económica de Asistencia Personal (PEAP)

  • Definición: Cuantía mensual para contratar asistencia personal que facilite acceso a educación, trabajo y autonomía en actividades básicas
  • Cuantías máximas mensuales:
    • Grado III: 900,00 euros
    • Grado II: 577,25 euros
    • Grado I: 436,00 euros

Grado III+ de Dependencia Extrema

  • Cuantía máxima: 9.859 euros mensuales para prestación vinculada al servicio de ayuda a domicilio y/o asistencia personal
  • Destino específico: Apoyos intensivos en el entorno domiciliario
  • Determinación: Según intensidad de apoyos requerida y preferencias del beneficiario

Régimen de Compatibilidades

  • La ayuda a domicilio es compatible con la prestación económica de asistencia personal
  • La asistencia personal es compatible con servicios de centro de día, promoción de autonomía personal, teleasistencia y ayuda a domicilio

Justificación y Control

  • Carácter finalista: Obligación de justificar el destino de la prestación
  • Documentación requerida: Acreditación de contratación y gasto realizado
  • Consecuencias: Suspensión y reintegro por falta de justificación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fecha de entrada en vigor

10 de marzo de 2026 (día siguiente a la publicación en el BOC)

Efectos económicos

  • Las cuantías máximas del artículo 11 (PEAP) producen efectos desde el 10 de marzo de 2026
  • Convalidación parlamentaria: 8 de abril de 2026

Sin régimen transitorio específico

La norma no establece plazos de adaptación, aplicándose de forma inmediata

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para personas en situación de dependencia

  • Acceso ampliado a prestaciones económicas de asistencia personal
  • Mayores cuantías disponibles, especialmente para Grado III+ (hasta 9.859€/mes)
  • Mayor flexibilidad en la combinación de servicios y prestaciones

Para familias cuidadoras

  • Nuevas opciones de apoyo mediante asistencia personal contratada
  • Compatibilidad entre diferentes tipos de prestaciones y servicios
  • Obligación de justificación documental del gasto realizado

Para profesionales y entidades

  • Oportunidades de empleo en el sector de asistencia personal
  • Requisitos de habilitación o acreditación para prestar servicios
  • Necesidad de adaptación de procedimientos administrativos

Para la Administración

  • Desarrollo reglamentario pendiente para instrucciones de aplicación
  • Incremento presupuestario por las nuevas cuantías máximas
  • Refuerzo de sistemas de control y justificación del gasto

Recomendaciones inmediatas

  1. Beneficiarios actuales: Revisar si pueden acceder a las nuevas prestaciones o cuantías
  2. Profesionales: Informarse sobre requisitos de acreditación para asistencia personal
  3. Administración local: Coordinar con servicios sociales autonómicos la aplicación de las nuevas medidas
Generado el 25/04/2026 05:46 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.