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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9023 — 24 de abril de 2026

Resolución de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia.

📅 24 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 📄 2 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO - BOE-A-2026-9023

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Trabajo registra y publica las nuevas tablas salariales para 2026 del convenio colectivo del sector de marroquinería, cueros repujados y similares que opera en diez provincias del centro y norte de España. Este acuerdo actualiza los salarios base e incentivos para todos los grupos profesionales del sector, desde personal técnico titulado hasta personal subalterno, estableciendo incrementos salariales que oscilan entre 1.221 euros mensuales para las categorías básicas hasta 1.977,57 euros para el personal técnico de mayor nivel.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Actualización salarial: Establece las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo del sector de marroquinería, cueros repujados y similares
  • Código de convenio: 99003385011981

A quién afecta

  • Empresas: Todas las empresas del sector de marroquinería, artículos de viaje e industrias conexas representadas por ASEMAVI
  • Trabajadores: Personal empleado en empresas del sector representado por CC.OO.-Industria y FICA-UGT
  • Categorías profesionales: 5 grupos profesionales con múltiples niveles cada uno

Ámbito territorial

Diez provincias: Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura salarial por grupos profesionales:

Grupo 1 - Personal técnico titulado:

  • Nivel 1: 1.977,57€ + 329,59€ incentivo
  • Nivel 2: 1.821,42€ + 303,55€ incentivo

Grupo 2 - Personal técnico no titulado:

  • Rango salarial: 1.361,68€ - 1.717,33€ + incentivos correspondientes

Grupo 3 - Personal administrativo/mercantil:

  • Rango salarial: 1.221,00€ - 1.717,33€ + incentivos variables

Grupo 4 - Personal obrero:

  • Rango salarial: 1.221,00€ - 1.275,03€ + incentivos correspondientes

Grupo 5 - Personal subalterno:

  • Rango salarial: 1.221,00€ - 1.248,92€ + incentivos correspondientes

Partes firmantes

  • Empresarial: ASEMAVI (Asociación Empresarial de Fabricantes de Marroquinería, Artículos de Viaje e Industrias Conexas de la Zona Centro)
  • Sindical: CC.OO.-Industria y FICA-UGT

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fechas relevantes

  • Firma del acuerdo: 17 de marzo de 2026
  • Resolución: 8 de abril de 2026
  • Aplicación: Año 2026 (efectos retroactivos desde 1 de enero de 2026)
  • Convenio base: Publicado en BOE de 27 de marzo de 2024

Vigencia

Las tablas salariales son aplicables durante todo el año 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026.

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las empresas del sector:

  • Obligación inmediata: Aplicar las nuevas tablas salariales con efectos retroactivos desde enero 2026
  • Ajuste de nóminas: Recalcular salarios y realizar abonos de diferencias si procede
  • Actualización de contratos: Revisar y actualizar las condiciones salariales en los contratos de trabajo

Para los trabajadores:

  • Incremento salarial: Derecho a percibir los nuevos salarios establecidos
  • Reclamación de diferencias: Posibilidad de reclamar diferencias salariales desde enero 2026
  • Seguridad jurídica: Claridad en las condiciones salariales aplicables

Para los profesionales del derecho laboral:

  • Asesoramiento: Necesidad de informar a empresas y trabajadores sobre las nuevas condiciones
  • Revisión contractual: Apoyo en la actualización de contratos y convenios de empresa
  • Resolución de conflictos: Marco normativo actualizado para resolver disputas salariales

⚠️ Nota importante: Las empresas deben implementar estos cambios de forma inmediata, calculando y abonando las diferencias salariales correspondientes al período transcurrido desde enero de 2026.

Generado el 24/04/2026 05:54 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.