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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9005 — 24 de abril de 2026

Resolución de 16 de abril de 2026, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se corrigen errores en la de 18 de marzo de 2026, por la que se publica el Convenio con la Fundación Banco Santander, para el patrocinio de la exposición «La mitad del mundo. La mujer en el México indígena».

📅 24 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN 📄 1 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-9005

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución corrige un error material en el convenio de patrocinio entre la AECID y la Fundación Banco Santander para la exposición "La mitad del mundo. La mujer en el México indígena". La corrección elimina la referencia a un anexo inexistente sobre autorización de uso de marcas, sustituyéndola por una fórmula genérica. Se trata de una mera corrección técnica sin impacto sustantivo en el convenio original.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Corrección de errores en un convenio de patrocinio cultural ya publicado
  • A quién afecta:
    • Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
    • Fundación Banco Santander
    • Sector cultural y de cooperación internacional
  • Ámbito territorial: Nacional, con proyección internacional (México)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Corrección efectuada:

  • Texto erróneo: Hacía referencia a un "anexo A" con acuerdo de autorización de uso de marca que no existía
  • Texto corregido: Establece que la AECID queda autorizada al uso de las marcas "en los términos convenidos entre las partes"

Fundamento legal:

  • Se ampara en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • El convenio está inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Fecha de la corrección: 16 de abril de 2026
  • Firmas del acuerdo de corrección:
    • AECID: 13 de abril de 2026
    • Fundación Banco Santander: 14 de abril de 2026
  • Efectos: La corrección tiene efectos desde la fecha del convenio original (18 de marzo de 2026)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las partes del convenio:

  • AECID: Puede utilizar las marcas del Banco Santander según los términos acordados, sin necesidad del anexo mencionado erróneamente
  • Fundación Banco Santander: Mantiene el control sobre el uso de sus marcas comerciales

Para terceros:

  • Profesionales del derecho: Ejemplo de corrección de errores materiales en convenios públicos
  • Sector cultural: Clarificación sobre el marco legal del patrocinio de la exposición
  • Ciudadanía: No hay impacto directo, al tratarse de una corrección técnica

Consideraciones adicionales:

  • La corrección no altera la esencia del convenio de patrocinio
  • Se mantiene la seguridad jurídica al eliminar referencias a documentos inexistentes
  • Confirma la validez del convenio original una vez subsanado el error
Generado el 24/04/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.