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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-9006 — 24 de abril de 2026

Resolución de 15 de abril de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, para el desarrollo de estancias formativas.

📅 24 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 9 páginas

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RESUMEN EJECUTIVO DE DISPOSICIÓN BOE

BOE-A-2026-9006 | Resolución de 15 de abril de 2026

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica un convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Paradores de Turismo de España para desarrollar estancias formativas del alumnado de Formación Profesional. El acuerdo permite que estudiantes del IES Virgen de la Victoria de Melilla realicen prácticas formativas en las instalaciones de Paradores, estableciendo un marco regulatorio completo para la formación dual. Se trata de una iniciativa que refuerza la colaboración público-privada en la educación profesional y mejora la empleabilidad de los estudiantes.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Objeto principal: Desarrollo de estancias formativas para alumnado de Formación Profesional (grados básico, medio y superior)
  • Marco normativo: Implementación de la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional y RD 659/2023

A quién afecta

  • Estudiantes: Alumnado de FP del IES Virgen de la Victoria (Melilla)
  • Centros educativos: Instituto de Educación Secundaria Virgen de la Victoria
  • Empresas: Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA
  • Administración: Ministerio de Educación, FP y Deportes

Ámbito territorial

  • Específico: Ciudad Autónoma de Melilla
  • Extensible: Modelo replicable para otras ciudades autónomas (Ceuta y Melilla)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Estructura formativa

  • Planes de formación individualizados acordados entre centro educativo y empresa
  • Sistema de tutorización dual: tutores del centro educativo y de Paradores
  • Sin relación laboral: las estancias son exclusivamente formativas
  • Evaluación conjunta del proceso de aprendizaje

Obligaciones de Paradores

  • Designar tutores cualificados para cada estudiante
  • Garantizar acceso a instalaciones para supervisión educativa
  • Cumplir normativa de prevención de riesgos laborales
  • Proporcionar equipos de protección cuando sea necesario
  • Respetar confidencialidad y protección de datos

Obligaciones del alumnado

  • Cumplir horarios y normas de la empresa
  • Respetar confidencialidad empresarial
  • Aplicar medidas de seguridad laboral
  • Comunicar ausencias con antelación
  • Firmar compromiso de confidencialidad (especialmente relevante para menores)

Aspectos económicos

  • Sin coste para Paradores: el convenio no genera obligaciones económicas mutuas
  • Seguridad Social: asumida por el Ministerio de Educación (máximo 150.000€ total, 75.000€ por Dirección Provincial)
  • Seguros: cobertura mediante Seguro Escolar y pólizas adicionales del Ministerio

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Vigencia

  • Fecha de suscripción: 18 de diciembre de 2025
  • Vigencia: Hasta el 31 de agosto siguiente a la inscripción en el REOICO
  • Eficacia: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación

Plazos operativos

  • Comunicación previa: El centro debe informar a Paradores del listado estimado de alumnado antes del inicio
  • Planificación: Los planes formativos deben acordarse antes del inicio de cada estancia
  • Modificaciones: Posibles mediante adenda antes de finalización de vigencia

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para centros educativos

  • Oportunidad: Acceso a formación práctica de calidad en sector turístico-hostelero
  • Responsabilidades: Designación de tutores, seguimiento del alumnado, gestión administrativa
  • Beneficio: Mejora de la calidad formativa y empleabilidad de egresados

Para Paradores de Turismo

  • Compromiso: Recursos humanos para tutorización y supervisión
  • Ventaja: Acceso a talento joven formado, responsabilidad social corporativa
  • Sin coste directo: No asume gastos de Seguridad Social ni seguros

Para estudiantes

  • Oportunidades: Formación práctica en empresa pública de prestigio
  • Requisitos: Cumplimiento estricto de normas empresariales y confidencialidad
  • Protección: Cobertura completa de seguros y Seguridad Social

Para el sector

  • Modelo: Establece precedente para colaboración público-privada en FP
  • Calidad: Refuerza la formación dual como herramienta de empleabilidad
  • Territorialidad: Especial relevance para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla

Nota relevante: Este convenio representa un modelo de colaboración que puede servir de referencia para futuras alianzas entre el sector público educativo y empresas del ámbito turístico-hostelero.

Generado el 24/04/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.