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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8211 — 13 de abril de 2026

Resolución de 7 de abril de 2026, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Albéniz, para colaborar en la organización de tres conciertos dentro del ciclo cultural «Lunes Clásicos».

📅 13 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES 📄 6 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-8211

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) y la Fundación Albéniz han formalizado un convenio de colaboración para organizar conjuntamente tres conciertos de música clásica en Santander durante el verano de 2026. Los conciertos forman parte del ciclo cultural "Lunes Clásicos" de la UIMP y del "Encuentro de Música y Academia de Santander" de la Fundación Albéniz, siendo interpretados por alumnos internacionales del programa formativo. El convenio establece un marco de colaboración sin transferencia de fondos entre las partes, con una inversión total de 14.000 euros.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula

  • Objeto: Convenio de colaboración cultural entre una universidad pública y una fundación privada
  • Finalidad: Organización conjunta de tres conciertos de música clásica
  • Marco normativo: Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (art. 48.8)

A quién afecta

  • Directamente: Universidad Internacional Menéndez Pelayo y Fundación Albéniz
  • Indirectamente: Alumnos internacionales del programa formativo, sector cultural de Santander
  • Público objetivo: Asistentes a los cursos de verano de la UIMP y público general interesado en música clásica

Ámbito territorial

  • Lugar de celebración: Santander (Paraninfo de La Magdalena y Campus de Las Llamas de la UIMP)
  • Alcance: Regional con proyección internacional (participación de alumnos internacionales)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Compromisos de la Fundación Albéniz

  • Gestión artística: Coordinación de músicos internacionales y acompañantes
  • Aspectos técnicos: Derechos de autor, partituras, personal de producción
  • Promoción: Apoyo en campaña publicitaria y comunicación
  • Inversión: 7.500 euros con cargo a presupuesto propio

Compromisos de la UIMP

  • Infraestructura: Locales, servicios técnicos, personal y vigilancia
  • Medios técnicos: Alquiler y traslado de pianos
  • Comunicación: Publicidad y diseño de programas
  • Inversión: 6.500 euros (5.100€ en medios propios + 1.400€ en alquiler de pianos)

Aspectos clave del convenio

  • Sin transferencia de fondos: Cada parte asume sus gastos directamente
  • Titularidad compartida: Los resultados pertenecen a ambas instituciones
  • Protección de datos: Cumplimiento del RGPD y normativa nacional
  • Seguimiento: Sin comisión específica, coordinación directa entre equipos técnicos

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Fechas relevantes

  • Firma del convenio: 31 de marzo de 2026
  • Publicación BOE: 7 de abril de 2026
  • Vigencia: Hasta el 31 de diciembre de 2026
  • Celebración de conciertos: Verano de 2026 (fechas por determinar)

Plazos administrativos

  • Inscripción en registro: 5 días hábiles desde la formalización
  • Publicación BOE: 10 días hábiles desde la formalización
  • Eficacia: Desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal

Modificaciones

  • Requieren acuerdo unánime y tramitación de adenda
  • Publicación obligatoria en BOE de cualquier modificación

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las instituciones firmantes

  • UIMP: Enriquecimiento de su oferta cultural complementaria a los cursos de verano
  • Fundación Albéniz: Ampliación del alcance de su programa formativo y visibilidad
  • Ambas: Creación de sinergias y optimización de recursos culturales

Para el sector cultural

  • Modelo de colaboración: Ejemplo de cooperación público-privada en el ámbito cultural
  • Formación musical: Oportunidades para jóvenes músicos internacionales
  • Dinamización: Fortalecimiento de la oferta cultural en Santander

Consideraciones operativas

  • Coordinación necesaria: Estrecha colaboración entre equipos técnicos
  • Flexibilidad: Fechas y programas por determinar de mutuo acuerdo
  • Responsabilidades claras: Cada parte mantiene indemne a la otra en su ámbito de gestión
  • Resolución de conflictos: Vía amistosa preferente, jurisdicción contencioso-administrativa subsidiaria

Relevancia jurídica

Este convenio ejemplifica la aplicación práctica del régimen de colaboración entre el sector público y entidades privadas sin ánimo de lucro, estableciendo un marco transparente de cooperación cultural con reparto equilibrado de responsabilidades y costes.

Generado el 13/04/2026 05:58 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.