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Resolución III. Otras disposiciones

Resumen BOE-A-2026-8181 — 13 de abril de 2026

Resolución de 17 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 12 de febrero de 2026, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Colegios Franciscanos Tor.

📅 13 de abril de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 1 páginas

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ANÁLISIS JURÍDICO - BOE-A-2026-8181

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución corrige un error tipográfico menor en la denominación de la Fundación Colegios Franciscanos Tor en su inscripción registral. Se trata de una corrección puramente formal que subsana la escritura incorrecta de "FRANCISO" por "FRANCISCANOS" en la referencia a la orden religiosa. La corrección no afecta a la validez de la inscripción ni a los efectos jurídicos de la fundación, sino que garantiza la exactitud de los datos registrales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

Qué regula:

  • Corrección de error material en resolución de inscripción registral de fundación

A quién afecta:

  • Fundación Colegios Franciscanos Tor (directamente)
  • Terceros que consulten el Registro de Fundaciones
  • Notarios y registradores que deban hacer referencia a la entidad

Ámbito territorial:

  • Nacional (Registro de Fundaciones estatal)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Corrección efectuada:

  • Error detectado: "FRANCISO DE LA TERCERA ORDEN REGULAR"
  • Texto correcto: "FRANCISCANOS DE LA TERCERA ORDEN REGULAR"

Resolución original afectada:

  • Fecha: 12 de febrero de 2026
  • Publicación: BOE núm. 80, de 1 de abril de 2026 (páginas 48227-48228)
  • Objeto: Inscripción de la Fundación Colegios Franciscanos Tor en el Registro de Fundaciones

Naturaleza del error:

  • Error material tipográfico sin trascendencia jurídica sustantiva
  • No afecta a la identidad ni capacidad jurídica de la fundación

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

Entrada en vigor:

  • Inmediata desde su publicación en el BOE (efectos ex tunc)

Plazos relevantes:

  • No establece plazos específicos de cumplimiento
  • La corrección opera automáticamente sobre la resolución original

Régimen transitorio:

  • No aplicable (corrección de error material)

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para la Fundación Colegios Franciscanos Tor:

  • Denominación correcta: Deberá utilizar la denominación corregida en todas sus actuaciones
  • Documentación: Puede requerir actualización de documentos que hagan referencia a la inscripción registral
  • Sin efectos económicos: No genera costes adicionales ni obligaciones nuevas

Para terceros:

  • Consultas registrales: Los certificados del Registro reflejarán la denominación correcta
  • Relaciones contractuales: La corrección no afecta a contratos o acuerdos previos
  • Identificación: Facilita la correcta identificación de la entidad en el tráfico jurídico

Para profesionales del Derecho:

  • Referencias normativas: Deben citar la denominación corregida en documentos posteriores
  • Consulta registral: Acceso a información registral exacta y actualizada

📋 Nota práctica: Esta corrección es un ejemplo típico de los mecanismos de subsanación de errores materiales que prevé el ordenamiento jurídico español, garantizando la exactitud de los registros públicos sin afectar a la seguridad jurídica de las inscripciones.

Generado el 13/04/2026 05:46 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.