Aceptación de desistimiento de proyecto de energía renovable en La Rioja
1. RESUMEN EJECUTIVO
La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Energías Alternativas Eólicas Riojanas, SL de su solicitud para repotenciar y hibridar el parque eólico "Raposeras" en La Rioja. El desistimiento se produce tras un cambio normativo que modifica el cálculo de potencia instalada, trasladando la competencia autorizatoria del Estado a la Comunidad Autónoma. La empresa podrá recuperar las garantías económicas depositadas sin penalización.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Acepta formalmente el desistimiento de una solicitud de autorización administrativa previa para un proyecto de energía renovable
- A quién afecta:
- Energías Alternativas Eólicas Riojanas, SL (promotor)
- Gobierno de La Rioja (nueva administración competente)
- Sector de energías renovables en general
- Ámbito territorial: Términos municipales de Pradejón y Calahorra (La Rioja)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Proyecto original
- Repotenciación del parque eólico "Raposeras" existente: 40,5 MW
- Hibridación con parque solar fotovoltaico: 16,89 MW
- Sistema de almacenamiento: 5 MW
- Infraestructura de evacuación asociada
Cambio normativo determinante
- El Real Decreto 997/2025 modificó la definición de "potencia instalada" para autorizaciones
- Con el nuevo cálculo, la potencia queda por debajo de 50 MW
- Esto transfiere la competencia del Estado al Gobierno de La Rioja
Garantías económicas
- La empresa había depositado garantías por 40 €/kW instalado
- No se ejecutarán las garantías al acogerse a la disposición transitoria
- Se procederá a su cancelación y devolución
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Efectos inmediatos: La resolución es efectiva desde su publicación (8 de mayo de 2026)
- Plazo de recurso: Un mes desde la publicación para interponer recurso de alzada
- Expediente archivado: SGIISE/PEol-FV-ALM-055 queda definitivamente cerrado
- Plazo aprovechado: El desistimiento se presentó dentro de los 3 meses desde la entrada en vigor del RD 997/2025
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el promotor
- Ventaja: Recupera las garantías sin penalización económica
- Nuevo procedimiento: Deberá iniciar tramitación ante el Gobierno de La Rioja
- Riesgo: Posible pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red eléctrica
Para el sector energético
- Precedente: Establece cómo gestionar desistimientos por cambios normativos
- Flexibilidad: Permite reorientar proyectos sin sanciones cuando cambia la competencia administrativa
- Seguridad jurídica: Clarifica el procedimiento en casos similares
Para las administraciones
- Coordinación: Necesidad de remitir el expediente entre administraciones
- Competencias: Reafirma el reparto competencial Estado-CCAA según potencia instalada
- Gestión: Modelo para casos similares de cambio de administración competente