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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-11655 – 30 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución 420/38257/2026, de 21 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con don Juan Miguel Osorio Bertrán de Lis, por el que éste cede temporalmente, de forma gratuita, el caballo «Abdel» para su utilización como semental en el Centro Militar de Cría Caballar de Lore Toki.

📅 30 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE DEFENSA 📄 5 páginas
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Resumen

Convenio para cesión de caballo semental al Centro Militar de Cría Caballar

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Ministerio de Defensa formaliza un convenio con un particular para la cesión temporal y gratuita del caballo "Abdel" como semental en el Centro Militar de Cría Caballar de Lore Toki. El acuerdo permite al propietario mantener la titularidad del animal mientras el Ministerio se hace cargo de su cuidado y utilización reproductiva. Esta colaboración público-privada busca mejorar la cría caballar militar sin coste para el erario público.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Cesión temporal gratuita de un caballo de raza pura sangre inglés para uso como semental militar
  • A quién afecta:
    • Ministerio de Defensa y su Servicio de Cría Caballar
    • Propietario particular Juan Miguel Osorio Bertrán de Lis
    • Ganaderos que utilicen los servicios del Centro Militar de Cría Caballar
  • Ámbito territorial: Centro Militar de Cría Caballar de Lore Toki (San Sebastián)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Obligaciones del Ministerio de Defensa:

  • Cuidado integral del animal: alojamiento, alimentación, higiene, bienestar y atención veterinaria ordinaria
  • Derecho preferente del propietario a cubrir hasta 4 yeguas anuales gratuitamente
  • Alojamiento temporal de las yeguas del propietario durante el proceso reproductivo

Obligaciones del propietario:

  • Cesión gratuita del uso del caballo manteniendo la propiedad
  • Seguro integral que cubra el 100% del valor, responsabilidad civil, robo, muerte y asistencia veterinaria extraordinaria
  • Exención de responsabilidad al Ministerio por cualquier incidente

Gestión y control:

  • Comisión de seguimiento paritaria (2 representantes por parte)
  • Reuniones anuales mínimas para supervisión del convenio
  • Resolución de controversias por mayoría simple

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal (5 días hábiles desde formalización)
  • Duración: 4 años desde la entrada en vigor
  • Prórroga posible: 2 años adicionales con acuerdo unánime
  • Denuncia: Cualquier parte puede denunciar con 4 meses de antelación
  • Plazo de prórroga: Debe acordarse 3 meses antes del vencimiento

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el sector ganadero:

  • Acceso a semental de calidad en el Centro Militar según precios públicos vigentes
  • Referencia para futuros convenios de colaboración público-privada en cría caballar

Para el propietario:

  • Mantenimiento gratuito de su semental de alto valor
  • Derecho preferente para reproducción de sus propias yeguas
  • Obligación de aseguramiento integral del animal

Para la Administración:

  • Mejora del servicio de cría caballar sin coste presupuestario
  • Modelo de colaboración para optimizar recursos públicos
  • Cumplimiento de obligaciones de transparencia mediante publicación en BOE

Nota importante: Este convenio no genera gasto público adicional ni variación en plantillas, constituyendo un ejemplo de colaboración público-privada eficiente en el ámbito de la cría caballar militar.

Generado el 30/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.