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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-11673 – 30 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga Iberenova Promociones, SAU, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica «FV Cofrentes I», de 154,665 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Ayora, Zarra, Jarafuel, Jalance y Cofrentes (Valencia).

📅 30 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 📄 11 páginas

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Resumen

Declaración de utilidad pública para instalación fotovoltaica de 154,665 MW

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General de Política Energética y Minas declara de utilidad pública la instalación fotovoltaica "FV Cofrentes I" de 154,665 MW y sus infraestructuras de evacuación, ubicada en cinco municipios valencianos. Esta declaración permite la expropiación de terrenos necesarios para el proyecto y otorga derechos de ocupación sobre terrenos públicos. El proyecto forma parte del desarrollo de energías renovables en España y ha superado todos los trámites administrativos y ambientales requeridos.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Declara la utilidad pública de una instalación fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación eléctrica
  • A quién afecta:
    • Iberenova Promociones, SAU (promotor del proyecto)
    • Propietarios de terrenos afectados por la instalación
    • Administraciones públicas locales y autonómicas
    • Empresas de servicios públicos (telecomunicaciones, electricidad)
  • Ámbito territorial: Términos municipales de Ayora, Zarra, Jarafuel, Jalance y Cofrentes (Valencia)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Instalación autorizada

  • Planta fotovoltaica: 154,665 MW de potencia instalada
  • Infraestructuras de evacuación:
    • Líneas subterráneas de 30 kV
    • Subestación eléctrica "ST La Oliva" 30/132 kV
    • Línea eléctrica de 132 kV entre ST La Oliva y ST Cofrentes Renovables
    • Subestación eléctrica "ST Cofrentes Renovables" 400/132 kV
    • Línea eléctrica de 400 kV hasta la subestación Cofrentes 400 kV

Derechos otorgados

  • Expropiación forzosa de los terrenos incluidos en el anexo de la resolución
  • Ocupación de terrenos públicos y establecimiento de servidumbres
  • Paso por propiedades privadas necesarias para las infraestructuras

Condicionantes técnicos

  • Cumplimiento de las prescripciones de Red Eléctrica de España
  • Respeto a las distancias de seguridad con otras infraestructuras
  • Acuerdos con empresas de telecomunicaciones afectadas

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Inmediata desde la publicación (10 de marzo de 2026)
  • Plazo de recurso: Un mes para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía
  • Procedimientos posteriores: El promotor deberá obtener las autorizaciones complementarias de otros organismos según los condicionantes establecidos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para el promotor (Iberenova Promociones, SAU)

  • Puede iniciar los procedimientos de expropiación de los terrenos relacionados en el anexo
  • Tiene derecho a obtener autorizaciones para ocupar terrenos públicos
  • Debe cumplir todos los condicionantes técnicos establecidos por los organismos consultados

Para los propietarios de terrenos afectados

  • Sus propiedades pueden ser objeto de expropiación forzosa
  • Tienen derecho a indemnización según la legislación de expropiación forzosa
  • Deben permitir el acceso para los trabajos de construcción una vez iniciado el procedimiento

Para las administraciones públicas

  • Deben colaborar en los procedimientos de expropiación
  • Han de otorgar las autorizaciones complementarias según sus competencias
  • Pueden establecer condicionantes adicionales en sus respectivos ámbitos

Para empresas de servicios públicos

  • Deben permitir los cruces y proximidades con sus infraestructuras según los acuerdos técnicos establecidos
  • Pueden exigir medidas de protección adicionales para sus instalaciones
Generado el 30/05/2026 05:54 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.