Convenio AENA para gestión de dominio público marítimo en aeropuertos
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución publica el convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes y AENA para que la empresa pública gestora de aeropuertos asuma todas las obligaciones de uso, mantenimiento y explotación de los terrenos de dominio público marítimo-terrestre reservados para aeropuertos de interés general. El acuerdo renueva por cuatro años más la colaboración iniciada en 2021 y se extiende a nuevas reservas aprobadas para los aeropuertos de Santander y San Sebastián.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Establece el marco jurídico para que AENA gestione directamente los terrenos costeros reservados al Estado para uso aeroportuario
- A quién afecta:
- AENA S.M.E., S.A. como gestora aeroportuaria
- Aeropuertos de la red AENA situados en zona costera
- Usuarios de aeropuertos costeros
- Administraciones competentes en costas
- Ámbito territorial: Aeropuertos de interés general de la red AENA ubicados en dominio público marítimo-terrestre
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Obligaciones de AENA:
- Gestión integral: Uso, mantenimiento, conservación, funcionamiento y explotación de terrenos costeros aeroportuarios
- Cumplimiento ambiental: Aplicar medidas de integración ambiental y obtener todas las licencias necesarias
- Servidumbres públicas: Garantizar el acceso al mar y tránsito público según la legislación de costas
- Control de obras: Comunicar previamente cualquier actuación que exceda el mantenimiento básico
- Responsabilidad total: Asumir todos los riesgos, daños y costes derivados de la proximidad al mar
- Reporting: Enviar informes anuales de actuaciones realizadas
Derechos del Ministerio:
- Permitir uso gratuito de los terrenos reservados
- Supervisar el cumplimiento de condiciones
- Participar en comisión de seguimiento
Aspectos económicos:
- Sin coste para el Ministerio
- AENA asume todos los gastos derivados de la gestión
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
- Duración: 4 años desde la firma (22 de abril de 2026)
- Prórroga: Posible extensión de hasta 4 años adicionales por acuerdo mutuo
- Seguimiento: Reuniones de la comisión de seguimiento al menos una vez al año
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para AENA:
- Debe implementar sistemas de gestión específicos para terrenos costeros
- Necesita obtener autorizaciones previas para cualquier obra
- Debe establecer protocolos de seguridad específicos por riesgo de inundación
- Asume responsabilidad civil completa por daños
Para aeropuertos afectados:
- Continuidad en la gestión de instalaciones en zona costera
- Aplicación de medidas ambientales más estrictas
- Mantenimiento garantizado de accesos públicos al mar
Para usuarios y ciudadanos:
- Garantía de funcionamiento de servicios aeroportuarios en zona costera
- Mantenimiento de servidumbres de paso y acceso al mar
- Mayor control ambiental de las actividades aeroportuarias
Para administraciones:
- El Ministerio para la Transición Ecológica mantiene capacidad de inspección y control
- Las Demarcaciones de Costas pueden supervisar obras y actuaciones
- Simplificación de la gestión al concentrar responsabilidades en AENA