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Resolución III. Otras disposiciones

Modificación del convenio para ayudas visuales a menores de 16 años con problemas de refracción

BOE-A-2026-11303 — 25 de mayo de 2026

Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas, por el que se regulan las condiciones de colaboración entre ambas partes en el marco del programa de ayudas directas para la obtención de equipos de ayuda visual dirigido a la población menor de dieciséis años inclusive con problemas de refracción.

📅 25 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE SANIDAD 📄 11 páginas
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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se modifica el convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas que regula el "Plan VEO", programa de ayudas directas de hasta 100€ para la obtención de gafas y lentes de contacto dirigido a menores de 16 años con problemas de refracción. La modificación ajusta los requisitos de acceso y simplifica el procedimiento de acreditación de que los beneficiarios no reciben prestaciones similares del Sistema Nacional de Salud.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Modifica las condiciones de acceso al Plan VEO y los procedimientos de solicitud de ayudas para sistemas de ayuda visual
  • A quién afecta:
    • Menores de 16 años con problemas de refracción y sus familias
    • Ópticos-optometristas colegiados
    • Establecimientos sanitarios de óptica participantes
    • Profesionales de oftalmología del SNS y sector privado
  • Ámbito territorial: Todo el territorio nacional español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Requisitos de acceso modificados: Se ajusta la acreditación de no ser beneficiario de prestaciones de ayuda visual del SNS mediante declaración responsable más específica
  • Vías de acceso diferenciadas por edad:
    • Menores de 5 años: Solo a través de prescripción oftalmológica (SNS o privada)
    • Mayores de 6 años: Prescripción oftalmológica u óptico-optometrista (incluyendo establecimientos de óptica participantes)
  • Procedimiento simplificado: Se actualiza la documentación requerida y los formularios (Anexos I y III)
  • Período de carencia: Mantiene la limitación de 365 días entre ayudas sucesivas
  • Cuantía: Hasta 100€ por sistema de ayuda visual (IVA incluido)

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el REOICO (5 días hábiles desde la firma) y publicación en BOE (10 días hábiles)
  • Vigencia del programa: Hasta el 31 de diciembre de 2026
  • Validez de prescripciones: Máximo 6 meses desde la fecha de emisión
  • Plazos de subsanación: 10 días hábiles para corregir expedientes defectuosos

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las familias:

  • Deben firmar declaración responsable sobre no percibir prestaciones similares del SNS
  • Pueden acceder a ayudas de 100€ para gafas o lentillas de sus hijos menores de 16 años
  • Necesitan prescripción médica válida (no superior a 6 meses)

Para ópticos-optometristas:

  • Pueden prescribir directamente a mayores de 6 años (descartando patologías)
  • Deben registrarse en la aplicación web del Plan VEO
  • Responsables de verificar documentación y cumplir requisitos de confidencialidad

Para establecimientos de óptica:

  • Deben estar validados como participantes en el Plan VEO
  • Reciben el pago a través del CGCOO tras validación de expedientes
  • Obligación de dispensar los productos sin demoras una vez disponibles
Generado el 25/05/2026 06:05 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.