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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-11246 – 25 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Burgos.

📅 25 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE HACIENDA 📄 7 páginas

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Resumen

Convenio de colaboración catastral con el Colegio de Graduados Sociales de Burgos

1. RESUMEN EJECUTIVO

La Dirección General del Catastro suscribe un convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Burgos para mejorar la gestión catastral mediante la digitalización de trámites. El acuerdo permite que los graduados sociales colegiados asistan a sus clientes en la presentación electrónica de declaraciones catastrales, notificaciones y acceso a información catastral. Se establece además un Punto de Información Catastral en la sede colegial para facilitar el acceso ciudadano a los servicios catastrales.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece un marco de colaboración en régimen de encomienda de gestión entre el Catastro y el Colegio de Graduados Sociales de Burgos para la gestión catastral digitalizada
  • A quién afecta:
    • Graduados sociales colegiados en Burgos
    • Ciudadanos y empresas que requieran servicios catastrales en la provincia
    • Propietarios de bienes inmuebles que necesiten realizar declaraciones catastrales
  • Ámbito territorial: Provincia de Burgos y demarcación del Colegio Oficial de Graduados Sociales

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Servicios de asistencia profesional:

  • Declaraciones catastrales: Los colegiados podrán asistir en la elaboración y presentación electrónica de declaraciones catastrales a través de la Sede Electrónica del Catastro
  • Documentación gráfica: Acceso a aplicaciones catastrales gráficas para generar cartografía digital y obtener Informes de Validación Gráfica
  • Notificaciones electrónicas: Asistencia en la práctica de notificaciones electrónicas de resoluciones y requerimientos catastrales

Punto de Información Catastral:

  • Establecimiento obligatorio en la sede colegial o delegaciones provinciales
  • Prestación de servicios de acceso a información catastral por medios electrónicos
  • Remisión mensual de solicitudes y documentación a la Gerencia del Catastro para control

Obligaciones específicas:

  • Uso obligatorio de referencia catastral en todos los encargos profesionales
  • Presentación electrónica obligatoria de declaraciones catastrales
  • Verificación previa de que las alteraciones no estén ya incorporadas al Catastro
  • Protección de datos conforme al RGPD y normativa nacional

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: 18 de mayo de 2026 (fecha de firma del convenio)
  • Vigencia inicial: Hasta el 18 de mayo de 2027
  • Prórroga: Tácita por períodos anuales sucesivos salvo denuncia
  • Constitución de Comisión de Seguimiento: Máximo 1 mes desde la firma
  • Denuncia: Con antelación mínima de 1 mes, seguida de período de consultas de 20 días naturales

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para los Graduados Sociales:

  • Nuevas competencias digitales: Deben formarse en el manejo del asistente gráfico y de declaraciones catastrales
  • Responsabilidad de representación: Obligación de presentar electrónicamente las declaraciones de sus clientes
  • Acceso privilegiado: Pueden acceder a aplicaciones catastrales especializadas en régimen de encomienda
  • Formación continua: Participación en planes anuales de formación técnica

Para ciudadanos y empresas:

  • Mayor accesibilidad: Servicios catastrales más cercanos a través del Punto de Información Catastral
  • Agilización de trámites: Presentación y gestión electrónica de declaraciones catastrales
  • Mayor seguridad jurídica: Asistencia profesional especializada en procedimientos catastrales
  • Notificaciones más eficientes: Sistema de notificación electrónica con clave concertada

Consideraciones importantes:

  • Sin coste adicional: La colaboración no implica contraprestación económica
  • Control y seguimiento: Comisión mixta para supervisar el cumplimiento del convenio
  • Posible suspensión: En caso de uso indebido de información o incumplimiento de obligaciones
Generado el 25/05/2026 05:47 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.