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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio para la ejecución del Plan de Seguros Agrarios Combinados 2026

BOE-A-2026-11286 — 25 de mayo de 2026

Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los Planes de Seguros Agrarios Combinados en el ejercicio 2026.

📅 25 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 📄 19 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica el convenio entre ENESA y AGROSEGURO para ejecutar el 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados durante 2026. El acuerdo regula el procedimiento de gestión y pago de subvenciones públicas a los seguros agrarios, estableciendo un límite máximo de gasto de 315 millones de euros. Define las obligaciones de ambas entidades en la tramitación de pólizas, control de subvenciones y seguimiento de siniestros.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Procedimientos de ejecución del Plan de Seguros Agrarios 2026, incluyendo suscripción de pólizas, gestión de subvenciones y control administrativo
  • A quién afecta:
    • Agricultores y ganaderos que contraten seguros agrarios
    • Entidades aseguradoras integradas en AGROSEGURO
    • Mediadores de seguros autorizados
    • Administraciones autonómicas participantes
  • Ámbito territorial: Todo el territorio nacional español

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Gestión de subvenciones: Establece el sistema de descuento directo en prima, donde AGROSEGURO anticipa la subvención y posteriormente la liquida con ENESA
  • Control de beneficiarios: Implementa la Base de Datos CIAS para verificar que los asegurados cumplen requisitos de subvencionabilidad
  • Procedimientos de liquidación: Define plazos de 30 días hábiles para comprobación de liquidaciones y 90 días para pago material
  • Intercambio de información: Regula el acceso a bases de datos como SIGPAC y SITRAN para mejorar la gestión del seguro
  • Seguimiento de siniestros: Establece informes quincenales sobre declaraciones de siniestros y actas de tasación
  • Comisión de seguimiento: Crea un órgano de control presidido rotativamente por ambas entidades

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el REOICO (5 días hábiles desde firma) y publicación en BOE (10 días hábiles)
  • Vigencia: Hasta el 31 de julio de 2027
  • Plazos clave:
    • 90 días tras fin de suscripción para presentar liquidaciones
    • 30 días hábiles para comprobación por ENESA
    • 90 días naturales para pago material de subvenciones
    • Informes quincenales de siniestralidad

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para agricultores y ganaderos:

  • Deben estar inscritos en la Base de Datos CIAS para acceder a subvenciones
  • Pueden beneficiarse de descuentos directos en las primas de seguro
  • Acceso a subvenciones adicionales por características específicas o prácticas de reducción de riesgo

Para entidades aseguradoras:

  • Obligación de verificar la subvencionabilidad de cada asegurado antes de aplicar descuentos
  • Deben presentar liquidaciones en formato electrónico con firma digital
  • Responsabilidad de reintegrar subvenciones indebidamente aplicadas

Para mediadores:

  • Deben utilizar los sistemas de control establecidos para verificar el acceso a subvenciones
  • Obligación de informar sobre suspensiones de subvención por agotamiento de crédito

Presupuesto disponible: 315 millones de euros ampliables según disponibilidad presupuestaria

Generado el 25/05/2026 06:00 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.