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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de colaboración en seguridad ciudadana entre Guardia Civil y Ayuntamiento de Mocejón

BOE-A-2026-11251 — 25 de mayo de 2026

Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Mocejón, en materia de seguridad.

📅 25 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DEL INTERIOR 📄 6 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se publica el convenio suscrito entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) para reforzar la colaboración y coordinación en materia de seguridad ciudadana. El acuerdo establece mecanismos de intercambio de información, comunicaciones conjuntas y coordinación operativa entre la Guardia Civil y la Policía Local. Se crea una Comisión de Seguimiento y se prevé la elaboración de un Plan Local de Seguridad en el marco de la Junta Local de Seguridad.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece el marco de colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) y la Policía Local de Mocejón para mejorar la seguridad ciudadana
  • A quién afecta:
    • Guardia Civil (Zona, Comandancia o unidad territorial correspondiente)
    • Ayuntamiento de Mocejón y su Policía Local
    • Ciudadanos del municipio de Mocejón
    • Servicios de emergencias (112, 062, 092)
  • Ámbito territorial: Término municipal de Mocejón (Toledo)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Intercambio de información

  • La Guardia Civil proporcionará datos estadísticos mensuales sobre actividad policial y delictiva
  • Resumen anual sobre evolución de la delincuencia local
  • El Ayuntamiento facilitará información de interés policial, cartografía actualizada y datos de servicios sociales

Acceso a bases de datos

  • Habilitación de consultas cruzadas a bases de datos policiales (requisitorias, personas desaparecidas, vehículos sustraídos)
  • Establecimiento de medidas de seguridad y protección de datos

Comunicaciones conjuntas

  • Integración en servicios de urgencia 112
  • Intercomunicación entre salas 062 y 092
  • Uso de frecuencias conjuntas para operativos específicos

Junta Local de Seguridad

  • Órgano competente para coordinar políticas de seguridad
  • Elaboración de Plan Local de Seguridad (plazo: 6 meses)
  • Evaluación anual de resultados

Comisión de Seguimiento

  • Constitución paritaria
  • Reuniones mínimas: 2 veces al año
  • Resolución de problemas de interpretación y cumplimiento

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de cooperación (REOICO) y publicación en BOE
  • Vigencia: 4 años, prorrogables por otros 4 años adicionales
  • Plazos clave:
    • Constitución de Comisión de Seguimiento: 2 meses desde entrada en vigor
    • Elaboración Plan Local de Seguridad: 6 meses desde entrada en vigor
    • Reuniones Comisión de Seguimiento: mínimo 2 veces al año

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para las Fuerzas de Seguridad

  • Mayor coordinación operativa entre Guardia Civil y Policía Local
  • Intercambio fluido de información e inteligencia policial
  • Optimización de recursos y mejora de la respuesta ante emergencias

Para el Ayuntamiento de Mocejón

  • Acceso a información estadística sobre seguridad local
  • Participación activa en diseño de políticas de seguridad
  • Obligación de facilitar información municipal actualizada

Para los ciudadanos

  • Mejora en la coordinación de servicios de emergencia
  • Mayor eficacia en la respuesta policial
  • Desarrollo de políticas de seguridad adaptadas a problemática local

Aspectos a considerar

  • Sin coste económico para ninguna de las partes
  • Protección de datos: Cumplimiento estricto de normativa RGPD
  • Confidencialidad: Obligación de reserva sobre información intercambiada
  • No genera vínculos laborales entre las administraciones
Generado el 25/05/2026 05:49 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.