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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10501 – 14 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 5 de mayo de 2026, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Evaluación y Prospectiva de la Educación de la Generalidad de Cataluña, para la adopción de protocolos de utilización de la aplicación IRIA.

📅 14 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA 📄 9 páginas

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Resumen

Convenio para uso de aplicación IRIA en evaluaciones educativas de Cataluña

1. RESUMEN EJECUTIVO

El Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Agencia de Evaluación y Prospectiva de la Educación de Cataluña suscriben un convenio para compartir la herramienta tecnológica IRIA, que permitirá realizar evaluaciones educativas digitales en centros catalanes. El acuerdo establece un marco de colaboración para digitalizar las evaluaciones de 6º de Primaria y 4º de ESO, sustituyendo el formato tradicional en papel por plataformas electrónicas. Esta iniciativa forma parte de la estrategia de modernización del sistema educativo y optimización de recursos públicos mediante el uso compartido de infraestructuras tecnológicas.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece un protocolo de colaboración para el uso compartido de la aplicación IRIA (Integración de la Recogida de Información y su Administración) del INE por parte de la Agencia catalana de educación
  • A quién afecta:
    • Centros educativos de Cataluña
    • Aproximadamente 15.000 estudiantes de 6º Primaria y 4º ESO
    • 420 profesores participantes en las evaluaciones
    • Familias del alumnado evaluado
  • Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Cataluña

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Distribución de responsabilidades:

Instituto Nacional de Estadística:

  • Proporciona acceso a la infraestructura tecnológica IRIA
  • Garantiza la custodia y seguridad de los datos
  • Da de alta las operaciones y usuarios administrativos
  • Actúa como encargado del tratamiento de datos personales

Agencia de Evaluación y Prospectiva de Educación:

  • Diseña los cuestionarios y configura las evaluaciones
  • Administra el acceso de usuarios
  • Proporciona soporte técnico a centros educativos
  • Actúa como responsable del tratamiento de datos personales

Características técnicas:

  • Evaluaciones anuales muestrales en formato digital
  • Aplicación durante 2 días consecutivos en abril-mayo
  • Cuestionarios cognitivos de 35-40 ítems
  • Posibilidad de subir composiciones escritas en formato imagen/PDF
  • Acceso posterior como recurso educativo abierto

Protección de datos:

  • Cumplimiento del RGPD y normativa española
  • Régimen de encargo del tratamiento claramente definido
  • Medidas de seguridad conforme al Esquema Nacional de Seguridad

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el REOICO (5 días hábiles desde la firma)
  • Publicación: 10 días hábiles en el BOE (cumplido con esta resolución)
  • Vigencia: 4 años desde la firma (4 de mayo de 2026)
  • Prórroga: Posible extensión de hasta 4 años adicionales
  • Período de actividad anual: Abril-junio de cada año académico

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para centros educativos:

  • Deben adaptar sus aulas de informática para las evaluaciones digitales
  • Necesidad de formación del profesorado en el uso de IRIA
  • Cambio del proceso tradicional en papel a formato electrónico

Para estudiantes y familias:

  • Participación en evaluaciones completamente digitalizadas
  • Cumplimentación de cuestionarios de contexto online
  • Acceso posterior a las pruebas como recurso educativo

Para la administración educativa:

  • Optimización de recursos mediante uso compartido de infraestructuras
  • Mayor eficiencia en la recogida y procesamiento de datos
  • Mejora en la calidad y rapidez de los informes de evaluación

Ventajas del sistema:

  • Reducción de costes operativos
  • Mayor rapidez en el procesamiento de resultados
  • Mejor trazabilidad y seguridad de los datos
  • Alineación con la digitalización del sistema educativo
Generado el 14/05/2026 05:52 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.