1. RESUMEN EJECUTIVO
El Museo Nacional del Prado y la Fundación Loewe han formalizado un convenio de colaboración para desarrollar un programa de residencias literarias internacionales. El proyecto "Escribir el Prado" permitirá a escritores de prestigio realizar estancias en el museo para crear obras literarias inspiradas en sus colecciones. La Fundación Loewe aportará hasta 55.000 euros anuales para financiar el programa, mientras que el Museo cederá los derechos de explotación de las obras resultantes.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Establece las condiciones de colaboración entre el Museo del Prado y la Fundación Loewe para el desarrollo del programa "Residencia Internacional de Escritura Creativa"
- A quién afecta:
- Museo Nacional del Prado como entidad pública
- Fundación Loewe como entidad colaboradora
- Escritores participantes en las residencias
- Sector cultural y literario
- Ámbito territorial: Nacional, con proyección internacional (escritores de cualquier nacionalidad)
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Características del programa:
- Residencias literarias: Escritores seleccionados realizan estancias en el Museo para crear obras inspiradas en sus colecciones
- Obras resultantes: Relatos en castellano o inglés (con traducción correspondiente)
- Derechos de autor: Los autores mantienen derechos morales; el Museo obtiene derechos económicos y de explotación durante 70 años tras la muerte del autor
Obligaciones financieras:
- Fundación Loewe: Financia transporte, alojamiento, seguros, producción y asesoramiento hasta 55.000€ anuales
- Museo del Prado: Aporta instalaciones y servicios sin coste presupuestario
Beneficios para la Fundación:
- Visibilidad: Inclusión de nombre y logotipos en materiales de difusión
- Acceso preferente: 20 pases de colaborador ilimitados, 50 pases de invitado únicos
- Eventos: Visita exclusiva para 50 invitados, descuentos en eventos
- Publicaciones: 100 ejemplares gratuitos de cada obra editada
Gobernanza:
- Comisión de Seguimiento: Órgano paritario (2 representantes por parte) para supervisión y desarrollo del proyecto
- Reuniones: Mínimo una vez al año
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal (plazo de 5 días hábiles desde la firma)
- Publicación: En el BOE en plazo de 10 días hábiles desde la formalización
- Vigencia: 4 años desde la entrada en vigor
- Prórroga: Posible extensión por 4 años adicionales mediante acuerdo expreso
- Fecha de firma: 28 de abril de 2026
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para el sector cultural:
- Oportunidades: Nuevo programa de residencias literarias de prestigio internacional
- Escritores: Posibilidad de acceder a un programa de creación literaria con financiación completa
Para las entidades firmantes:
- Museo del Prado: Amplía su proyección cultural sin coste presupuestario, obtiene derechos sobre obras literarias
- Fundación Loewe: Obtiene visibilidad institucional y beneficios promocionales por su mecenazgo cultural
Aspectos fiscales:
- Régimen de mecenazgo: El convenio se acoge a la Ley 49/2002 de incentivos fiscales al mecenazgo
- Naturaleza: No constituye contrato de patrocinio publicitario
Obligaciones de transparencia:
- Publicidad: Cumplimiento de normativas de transparencia y acceso a información pública
- Confidencialidad: Protección de información sensible durante 5 años tras finalización