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Resolución III. Otras disposiciones

BOE-A-2026-10195 – 11 de mayo de 2026 – Análisis jurídico

Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para apoyo técnico e integración de conjuntos de datos de salud («One Health») en el marco del proyecto «Espacio Nacional de Datos de Salud».

📅 11 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 📄 20 páginas
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Resumen

Convenio para integrar datos de salud del CSIC en el Espacio Nacional de Datos

1. RESUMEN EJECUTIVO

Esta resolución publica un convenio entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y el CSIC para incorporar conjuntos de datos científicos relacionados con salud al Espacio Nacional de Datos de Salud (ENDS). El acuerdo busca ampliar las fuentes de datos disponibles para investigación sanitaria mediante el enfoque "One Health", que reconoce la interconexión entre salud humana, animal y ambiental. La colaboración forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con financiación europea de 100 millones de euros.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece la colaboración técnica para integrar datos del CSIC en el ENDS bajo el enfoque "One Health"
  • A quién afecta:
    • Investigadores del Sistema Nacional de Salud
    • Centros de investigación científica
    • Profesionales sanitarios que utilicen datos para investigación
    • Organismos públicos de investigación
  • Ámbito territorial: Nacional, con proyección europea en el marco del Espacio Europeo de Datos de Salud

3. CONTENIDO PRINCIPAL

Objetivos del convenio:

  • Integración de datos científicos: Incorporar al ENDS conjuntos de datos del CSIC relacionados con salud desde perspectiva "One Health"
  • Infraestructura tecnológica: La DGDATO aporta plataforma de almacenamiento, análisis y herramientas de inteligencia artificial
  • Apoyo técnico: Equipo especializado para normalización, transformación y estandarización de datos
  • Entornos seguros: Creación de Espacios Locales de Datos de Salud y Entornos de Tratamiento Seguro

Obligaciones principales:

  • DGDATO: Proporciona infraestructura tecnológica, equipo técnico y coordinación del proyecto
  • CSIC: Facilita acceso a datos, designa interlocutores y mantiene control sobre políticas de acceso

Protección de datos:

  • CSIC actúa como Responsable del Tratamiento
  • DGDATO como Encargado del Tratamiento
  • Cumplimiento estricto del RGPD y normativa nacional
  • Medidas técnicas y organizativas de seguridad

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el REOICO (5 días hábiles desde formalización)
  • Vigencia: Hasta el 30 de junio de 2026 (fecha límite fondos NextGenerationEU)
  • Prórroga: Posible con acuerdo unánime de las partes
  • Comisión de Seguimiento: Constitución en 30 días desde entrada en vigor
  • Reuniones: Seguimiento mensual obligatorio

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para investigadores sanitarios:

  • Acceso ampliado: Nuevas fuentes de datos científicos para investigación en salud
  • Herramientas avanzadas: Plataformas de análisis con inteligencia artificial
  • Enfoque integral: Datos que conectan salud humana, animal y ambiental

Para el sector sanitario:

  • Investigación mejorada: Mayor capacidad para estudios multidisciplinares
  • Innovación: Facilita desarrollo de nuevos tratamientos y políticas sanitarias
  • Interoperabilidad: Alineación con estándares europeos de datos de salud

Para organismos públicos:

  • Colaboración institucional: Modelo de cooperación entre administraciones
  • Aprovechamiento de fondos: Uso eficiente de recursos europeos NextGenerationEU
  • Transferencia tecnológica: Capacidades que permanecen tras finalización del proyecto

Consideraciones importantes:

  • El acceso a datos estará sujeto a las políticas del CSIC
  • Se requiere cumplimiento estricto de normativa de protección de datos
  • Las actividades deben respetar principios de confidencialidad y seguridad
  • Los resultados generados tendrán régimen específico de propiedad intelectual
Generado el 11/05/2026 05:48 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.