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Resolución III. Otras disposiciones

Convenio de colaboración en seguridad ciudadana entre Guardia Civil y Ayuntamiento de Esquivias

BOE-A-2026-10203 — 11 de mayo de 2026

Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Esquivias, en materia de seguridad.

📅 11 de mayo de 2026 🏛️ MINISTERIO DEL INTERIOR 📄 6 páginas

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Resumen

1. RESUMEN EJECUTIVO

Se publica el convenio suscrito entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Esquivias (Toledo) para reforzar la colaboración y coordinación entre la Guardia Civil y la Policía Local en materia de seguridad ciudadana. El acuerdo establece mecanismos de intercambio de información, comunicaciones conjuntas y coordinación operativa entre ambos cuerpos policiales. Se trata de un marco de cooperación que busca optimizar los recursos de seguridad en el municipio toledano.

2. OBJETO Y ÁMBITO

  • Qué regula: Establece el marco de colaboración entre la Guardia Civil y la Policía Local de Esquivias para mejorar la seguridad ciudadana
  • A quién afecta:
    • Guardia Civil (Zona, Comandancia o unidad territorial correspondiente)
    • Policía Local del Ayuntamiento de Esquivias
    • Ciudadanos del municipio de Esquivias
    • Junta Local de Seguridad
  • Ámbito territorial: Término municipal de Esquivias (Toledo)

3. CONTENIDO PRINCIPAL

  • Intercambio de información: La Guardia Civil facilitará datos estadísticos mensuales sobre actividad policial y delictiva, mientras el Ayuntamiento proporcionará información de interés policial y cartografía municipal actualizada
  • Acceso a bases de datos: Se habilitará el acceso conjunto a bancos de datos sobre requisitorias, personas desaparecidas y vehículos sustraídos
  • Comunicaciones policiales: Integración en servicios de urgencia 112, intercomunicación entre salas 062 y 092, y uso de frecuencias conjuntas
  • Plan Local de Seguridad: La Junta Local de Seguridad elaborará un plan específico en 6 meses con objetivos y programas de actuación
  • Comisión de Seguimiento: Órgano paritario que se reunirá mínimo dos veces al año para supervisar el cumplimiento del convenio
  • Protección de datos: Establecimiento de medidas de confidencialidad y cumplimiento del RGPD

4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS

  • Entrada en vigor: Tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y publicación en BOE
  • Vigencia: 4 años, prorrogables por otros 4 años adicionales
  • Plazos clave:
    • Constitución de Comisión de Seguimiento: 2 meses desde entrada en vigor
    • Elaboración Plan Local de Seguridad: 6 meses desde entrada en vigor
    • Reuniones Comisión de Seguimiento: mínimo 2 veces por año

5. IMPACTO PRÁCTICO

Para los ciudadanos de Esquivias:

  • Mejora en la coordinación de servicios de emergencia y seguridad
  • Mayor eficacia en la respuesta policial mediante actuación conjunta
  • Mejor atención a víctimas de violencia de género y menores en situación de desamparo

Para las fuerzas de seguridad:

  • Acceso compartido a bases de datos policiales
  • Comunicaciones integradas entre cuerpos policiales
  • Planificación conjunta de operativos de seguridad
  • Intercambio fluido de información operativa

Para el Ayuntamiento:

  • Participación activa en el diseño de políticas de seguridad local
  • Acceso a estadísticas de criminalidad para planificación municipal
  • Optimización de recursos de seguridad local

El convenio no supone coste económico para ninguna de las partes y mantiene las competencias legales de cada cuerpo policial.

Generado el 11/05/2026 05:51 por Lawly. Este análisis es orientativo y no sustituye la lectura del texto oficial del BOE.