Sentencia del Tribunal General de 8 de noviembre de 2011 — Zhejiang Harmonic Hardware Products/Consejo.

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2011-70013
Número oficial:
DOUE-Z-2011-70013
Publicación:
17/12/2011
Departamento:
Unión Europea

Sentencia del Tribunal General de 8 de noviembre de 2011 — Zhejiang Harmonic Hardware Products/Consejo (Asunto T-274/07) ( 1 )

(Dumping — Importaciones de tablas de planchar originarias de la República Popular China y de Ucrania — Estatuto de empresa que opera en condiciones de economía de mercado — Derecho de defensa — Oferta de compromiso de precios — Trato confidencial de identidad de los denunciantes) (2011/C 370/34)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Zhejiang Harmonic Hardware Products Co. Ltd (Quzhou, Zhejiang, China) (representantes: R. MacLean, Solicitor, y Y. Melin, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix y B. Driessen, agentes, asistidos por B. O’Connor, Solicitor, y E. McGovern, Barrister) Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: H. van Vliet y K. Talabér-Ritz, agentes); Vale Mill (Rochdale) Ltd (Rochdale, Reino Unido); Pirola SpA (Mapello, Italia); y Colombo New Scal SpA (Rovagnate, Italia) (representantes: G. Berrisch y G. Wolf, abogados)

Objeto

Anulación parcial del Reglamento (CE) n o 452/2007 del Consejo, de 23 de abril de 2007, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de tablas de planchar originarias de la República Popular China y de Ucrania (DO L 109, p. 12), en la medida en que establece un derecho antidumping sobre las importaciones de tablas de planchar producidas por la demandante.

Fallo

1) Anular los artículos 1 y 2 del Reglamento (CE) n o 452/2007 del Consejo, de 23 de abril de 2007, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de tablas de planchar originarias de la República Popular China y de Ucrania, en la medida en que establecen un derecho antidumping definitivo y afectan a la percepción definitiva del derecho provisional establecido sobre las tablas de planchar producidas por Zhejiang Harmonic Hardware Products Co. Ltd.

2) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de Zhejiang Harmonic Hardware Products.

3) La Comisión Europea, Vall Mill (Rochdale) Ltd, Pirola SpA y Colombo New Scale SpA cargarán con sus propias costas.

__________________

( 1 ) DO C 223, de 22.9.2007.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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