Sentencia del Tribunal General de 7 de octubre de 2015 — Bilbaína de Alquitranes y otros/Comisión (Asunto T-689/13).

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2015-70032
Número oficial:
DOUE-Z-2015-70032
Publicación:
30/11/2015
Departamento:
Unión Europea

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Bilbaína de Alquitranes, S.A. (Luchana-Baracaldo, Vizcaya) Deza, a.s. (Valašské Meziříčí, República Checa); Industrial Química del Nalón, S.A. (Oviedo, Asturias); Koppers Denmark A/S (Nyborg, Dinamarca); Koppers UK Ltd (Scunthorpe, Reino Unido); Koppers Netherlands BV (Uithoorn, Países Bajos); Rütgers basic aromatics GmbH (Castrop-Rauxel, Alemania); Rütgers Belgium NV (Zelzate, Bélgica); Rütgers Poland Sp. z o.o.(Kędzierzyn-Koźle, Polonia); Bawtry Carbon International Ltd (Doncaster, Reino Unido); Grupo Ferroatlántica, S.A. (Madrid); SGL Carbon GmbH (Meitingen, Alemania); SGL Carbon GmbH (Bad Goisern am Hallstättersee, Austria); SGL Carbon (Passy, Francia); SGL Carbón, S.A. (A Coruña); SGL Carbon Polska S.A. (Racibórz, Polonia); ThyssenKrupp Steel Europe AG (Duisburg, Alemania); y Tokai erftcarbon GmbH (Grevenbroich, Alemania) (representantes: K. Van Maldegem, C. Mereu, P. Sellar y M. Grunchard, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: P.-J. Loewenthal y K. Talabér-Ritz, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) (representantes: M. Heikkilä, W. Broere y C. Jacquet, agentes)

Objeto

Demanda de anulación parcial del Reglamento (UE) no 944/2013 de la Comisión, de 2 de octubre de 2013, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso científico y técnico, el Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (DO L 261, p. 5), en cuanto clasifica la brea, alquitrán de hulla, a elevada temperatura (número CE 266-028-2), entre las sustancias muy tóxicas para los organismos acuáticos de categoría 1 (H400) y de efectos duraderos en el medio ambiente acuático de categoría 1 (H410).

Fallo

1)

Anular el Reglamento (UE) no 944/2013 de la Comisión, de 2 de octubre de 2013, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso científico y técnico, el Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, en cuanto clasifica la brea, alquitrán de hulla, a elevada temperatura (número CE 266-028-2) entre las sustancias muy tóxicas para los organismos acuáticos de categoría 1 (H400) y de efectos duraderos en el medio ambiente acuático de categoría 1 (H410).

2)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de Bilbaína de Alquitranes, S.A., Deza, a.s., Industrial Química del Nalón, S.A., Koppers Denmark A/S, Koppers UK Ltd, Koppers Netherlands BV, Rütgers basic aromatics GmbH, Rütgers Belgium NV, Rütgers Poland Sp. z o.o., Bawtry Carbon International Ltd, Grupo Ferroatlántica, S.A., SGL Carbon GmbH, SGL Carbon GmbH, SGL Carbon, SGL Carbón, S.A., SGL Carbon Polska S.A., ThyssenKrupp Steel Europe AG, Tokai erftcarbon GmbH y GrafTech Ibérica, S.L.

3)

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) cargará con sus propias costas.

_____________

(1) DO C 85, de 22.3.2014.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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