Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Alumina d.o.o. (Zvornik, Bosnia y Herzegovina) (representantes: J.-F. Bellis y B. Servais, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido por G. Berrisch y A. Polcyn, abogados)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes É. Gippini Fournier y H. van Vliet, agentes)
Objeto
Recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) n o 464/2011 del Consejo, de 11 de mayo de 2011, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de zeolita A en forma de polvo originaria de Bosnia y Herzegovina (DO L 125, p. 1), en la medida en que afecta a la demandante.
Fallo
1) Anular el Reglamento de Ejecución (UE) n o 464/2011 del Consejo, de 11 de mayo de 2011, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de zeolita A en forma de polvo originaria de Bosnia y Herzegovina, en la medida en que afecta a Alumina d.o.o.
2) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las costas de Alumina.
3) La Comisión Europea cargará con sus propias costas
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( 1 ) DO C 226, de 30.7.2011.