Sentencia del Tribunal General de 21 de marzo de 2012 — Fulmen y Mahmoudian/Consejo (Asuntos acumulados T-439/10 y T-440/10).

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2012-70007
Número oficial:
DOUE-Z-2012-70007
Publicación:
05/05/2012
Departamento:
Unión Europea

Sentencia del Tribunal General de 21 de marzo de 2012 — Fulmen y Mahmoudian/Consejo

(Asuntos acumulados T-439/10 y T-440/10) ( 1 )

(«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán para impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Recurso de anulación — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a una tutela judicial efectiva — Error de apreciación — Carga y grado de la prueba»)

(2012/C 133/47)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Fulmen (Teherán, Irán) y Fereydoun Mahmoudian (Teherán) (representante: A. Kronshagen, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y R. Liudvinaviciute-Cordeiro, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: M. Konstantinidis y É. Cujo, agentes)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), del Reglamento de ejecución (UE) n o 668/2010 del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativo a la aplicación del artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 423/2007, sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 195, p. 25), así como de la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO L 281, p. 81), y del Reglamento (UE) n o 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 423/2007 (DO L 281, p. 1), en la medida en que esos actos afectan a los demandantes, y, por otra parte, una pretensión de reconocimiento del perjuicio sufrido por éstos como consecuencia de la adopción de los actos antes citados.

Fallo

1) Anular, en la medida en que afectan a Fulmen y al Sr. Fereydoun Mahmoudian:

— la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC;

— el Reglamento de ejecución (UE) n o 668/2010 del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativo a la aplicación del artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 423/2007, sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán;

— la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC;

— el Reglamento (UE) n o 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 423/2007.

2) Mantener los efectos de la Decisión 2010/413, en su versión modificada por la Decisión 2010/644, con respecto a Fulmen y al Sr. Mahmoudian, hasta que sea efectiva la anulación del Reglamento n o 961/2010.

3) Desestimar el recurso en todo lo demás.

4) El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las costas en que hayan incurrido Fulmen y el Sr. Mahmoudian.

5) La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

_____________________

( 1 ) DO C 328, de 4.12.2010.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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