(«Dumping — Importaciones de salmón originario de Noruega — Regla del derecho inferior — Cálculo de los precios mínimos a la importación y de los derechos fijos»)
(2012/C 133/41)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Fiskeri og Havbruksnæringens Landsforening (Oslo); Norske Sjømatbedrifters Landsforening (Trondheim, Noruega); Salmar Farming AS (Kverva, Noruega); Hydroteck AS (Kristiansund, Noruega); Hallvard Lerøy AS (Bergen, Noruega); y Lerøy Midnor AS (Hestvika, Noruega) (representantes: B. Servais y T. Paulsen, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix y B. Driessen, agentes, asistidos por G. Berrisch, abogado)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente P. Stancanelli y K. Talabér-Ritz, posteriormente K. Talabér-Ritz, T. Scharf y H. van Vliet, agentes, asistidos por E. McGovern, Barrister)
Objeto
Anulación del Reglamento (CE) n o 85/2006 del Consejo, de 17 de enero de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de salmón de piscifactoría originario de Noruega (DO L 15, p. 1).
Fallo
1) Anular el Reglamento (CE) n o 85/2006 del Consejo, de 17 de enero de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de salmón de piscifactoría originario de Noruega, en la medida en que afecta a la Fiskeri og
Havbruksnæringens Landsforening, la Norske Sjømatbedrifters Landsforening, Salmar Farming AS, Hydroteck AS, Hallvard Lerøy AS y Lerøy Midnor AS.
2) Desestimar el recurso en todo lo demás.
3) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de la Fiskeri og Havbruksnæringens Landsforening, la Norske Sjømatbedrifters Landsforening, Salmar Farming, Hydroteck, Hallvard Lerøy y Lerøy Midnor AS.
4) La Comisión Europea cargará con sus propias costas.
______________________
( 1 ) DO C 143, de 17.6.2006.