Sentencia del Tribunal General de 18 de octubre de 2016 — Sina Bank/Consejo (Asunto T-418/14).

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2016-70044
Número oficial:
DOUE-Z-2016-70044
Publicación:
28/11/2016
Departamento:
Unión Europea

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sina Bank (Teherán, Irán) (representantes: B. Mettetal y C. Wucher-North, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y D. Gicheva, agentes)

Objeto

Demanda fundada en el artículo 263 TFUE, que insta la anulación de la decisión del Consejo, resultante del aviso de 15 de marzo de 2014 a la atención de las personas y entidades sometidas a las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2010/413/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo relativos a medidas restrictivas contra Irán (DO 2014, C 77, p. 1), de mantener la inscripción del nombre de la demandante en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO 2010, L 195, p. 39), en su versión modificada por la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010 (DO 2010, L 281, p. 81), y en el anexo IX del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 961/2010 (DO 2012, L 88, p. 1), por una parte, y, por otra, de la Decisión 2014/776/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO 2014, L 325, p. 19), del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1202/2014 del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por el que se aplica el Reglamento n.o 267/2012 (DO 2014, L 325, p. 3), de la Decisión (PESC) 2015/1008 del Consejo, de 25 de junio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO 2015, L 161, p. 19), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1001 del Consejo, de 25 de junio de 2015, por el que se aplica el Reglamento n.o 267/2012 (DO 2015, L 161, p. 1), en cuanto esos actos mantuvieron la inscripción del nombre de la demandante en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413, en su versión modificada por la Decisión 2010/644, y en el anexo IX del Reglamento n.o 267/2012.

Fallo

1)

Anular la decisión del Consejo de la Unión Europea, resultante del aviso de 15 de marzo de 2014 a la atención de las personas y entidades sometidas a las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2010/413/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo relativos a medidas restrictivas contra Irán, de mantener la inscripción del nombre de Sina Bank en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC, en su versión modificada por la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, y en el anexo IX del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 961/2010.

2)

Anular la Decisión 2014/776/PESC del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2010/413, el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1202/2014 del Consejo, de 7 de noviembre de 2014, por el que se aplica el Reglamento n.o 267/2012, la Decisión (PESC) 2015/1008 del Consejo, de 25 de junio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2010/413, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1001 del Consejo, de 25 de junio de 2015, por el que se aplica el Reglamento n.o 267/2012, en cuanto esos actos mantuvieron la inscripción del nombre de Sina Bank en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413, en su versión modificada por la Decisión 2010/644, o en el anexo IX del Reglamento n.o 267/2012.

3)

Mantener los efectos de la Decisión 2015/1008, en lo que afecta a Sina Bank, desde la fecha de su entrada en vigor hasta la fecha en que finalice el plazo para interponer recurso de casación contra la presente sentencia, previsto en el artículo 56, párrafo primero, del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, o, si se interpusiera un recurso de casación contra la presente sentencia dentro de ese plazo, hasta la fecha en la que se desestimara el recurso de casación.

4)

Condenar en costas al Consejo.

_____________

(1) DO C 282 de 25.8.2014.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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