Sentencia del Tribunal General de 11 de octubre de 2012 — Novatex/Consejo

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2012-70015
Número oficial:
DOUE-Z-2012-70015
Publicación:
24/11/2012
Departamento:
Unión Europea

[Subvenciones — Importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos — Derecho compensatorio definitivo y percepción definitiva del derecho provisional — Artículo 3, apartados 1 y 2, artículo 6, letra b), y artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 597/2009]

(2012/C 366/61)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Novatex Ltd (Karachi, Pakistán) (representante: B. Servais, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen, agente, asistido por G. Berrisch, abogado, y N. Chesaites, Barrister)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: H. van Vliet, M. França y G. Luengo, agentes)

Objeto

Anulación del Reglamento de ejecución (UE) n o 857/2010 del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional sobre las importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos (DO L 254, p. 10), en la medida en que afecta a la demandante.

Fallo

1) Anular el artículo 1 del Reglamento de ejecución (UE) n o 857/2010 del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional sobre las importaciones de determinado tereftalato de polietileno originario de Irán, Pakistán y los Emiratos Árabes Unidos, en la medida en que afecta a Novatex Ltd, ya que el derecho compensatorio definitivo para las importaciones de determinado tereftalato de polietileno en la Unión Europea excede del aplicable sin el error en el importe indicado en el epígrafe 74 de la declaración de ingresos del ejercicio fiscal 2008.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con el 50 % de las de Novatex. Novatex cargará con el 50 % de sus propias costas. La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

______________

( 1 ) DO C 30, de 29.1.2011.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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