Sentencia del Tribunal General de 10 de abril de 2019 — Jindal Saw y Jindal Saw Italia/Comisión. (Asunto T-301/16) [«Dumping—Importaciones de tubos de hierro de fundición maleable originarios de la India—Reglamento de Ejecución (UE) 2016/388—Reglamento (CE) nº 1225/2009 [sustituido por el Reglamento (UE) 2016/1036]—Margen de dumping—Determinación del precio de exportación—Asociación entre el exportador y el importador—Precio de exportación fiable—Cálculo del precio de exportación—Margen razonable de gastos de venta, generales y administrativos—Margen razonable de beneficio—Perjuicio para la industria de la Unión—Cálculo de la subcotización del precio y del margen de perjuicio—Relación de causalidad—Acceso a los datosconfidenciales de la investigación antidumping—Derecho de defensa»].

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-2019-70023
Número oficial:
DOUE-Z-2019-70023
Publicación:
03/06/2019
Departamento:
Unión Europea

Ejecución (UE) 2016/388—Reglamento (CE) n.o 1225/2009 [sustituido por el Reglamento (UE) 2016/1036]—Margen de dumping—Determinación del precio de exportación—Asociación entre el exportador y el importador—Precio de exportación fiable—Cálculo del precio de exportación—Margen razonable de gastos de venta, generales y administrativos—Margen razonable de beneficio—Perjuicio para la industria de la Unión—Cálculo de la subcotización del precio y del margen de perjuicio—Relación de causalidad—Acceso a los datosconfidenciales de la investigación antidumping—Derecho de defensa»](2019/C 187/65)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Jindal Saw Ltd (Nueva Delhi, India), Jindal Saw Italia SpA (Trieste, Italia) (representantes: R. Antonini y E.Monard,abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland y G. Luengo, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Saint-Gobain PAM (Pont à Mousson, Francia) (representantes: O. Prost, A. Coelho Dias y C.Bouvarel, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/388 de la Comisión, de 17 de marzo de 2016, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de tubos de hierro de fundición maleable (también conocida como fundición de grafito esferoidal) originarios de la India (DO 2016, L 73, p. 53), en la medida en que este Reglamento concierne a las demandantes.

Fallo

1) Anular en la medida que concierne a Jindal Saw Ltd el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/388 de la Comisión, de 17 de marzo de 2016, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de tubos de hierro de fundición maleable (también conocida como fundición de grafito esferoidal) originarios de la India.

2) La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de Jindal Saw Ltd y Jindal Saw Italia SpA.

3) Saint-Gobain PAM cargará con sus propias costas.

(1) DO C 314 de 29.8.2016.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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