Sentencia de 28 de junio de 1988 en el asunto 7/87: Comisión de las Comunidades Europeas contra Consejo de las Comunidades Europeas (*) (Funcionarios — Comprobación quinquenal de los coeficientes correctores).

Vigente Sentencia Unión Europea
BOE:
DOUE-Z-1988-70001
Número oficial:
DOUE-Z-1988-70001
Publicación:
29/07/1988
Departamento:
Comunidades Europeas

(Lengua de procedimiento: francés)

(Traducción provisional; la traducción definitiva se publicará

en la «Recopilación de la jurisprudencia del Tribunal

de Justicia»)

En el asunto 7/87, Comisión de las Comunidades Europeas

(Agentes: Sres. H. Étienne y D. Gouloussis) contra

Consejo de las Comunidades Europeas (Agente: Sr. J.

Carbery), que tiene por objeto la anulación del Reglamento

(CEE, Euratom, CECA) n° 3619/86 del Consejo,

de 26 de noviembre de 1986, por el que se adaptan los

coeficientes correctores que se aplican en Dinamarca, la

República Federal de Alemania, Grecia, Irlanda, Italia,

los Países Bajos y el Reino Unido a las retribuciones y

pensiones de los funcionarios y otros agentes de las Comunidades

Europeas (DO n° L 336, p. 1), el Tribunal de

Justicia de las Comunidades Europeas, integrado por los

Sres. Mackenzie Stuart, Presidente; G. Bosco y O. Due,

Presidentes de Sala; U. Everling, K. Bahlmann, Y. Galmot

y R. Joliet, Jueces; Abogado General: Sr. J. L. da

Cruz Vilaca; Secretario: Sr. H. A. Rühl, Administrador

principal, ha dictado el 28 de junio de 1988 una sentencia

cuyo fallo es el siguiente:

1. Se anula el Reglamento (CEE, Euratom, CECA)

n° 3619/86 del Consejo, de 26 de noviembre de 1986

(DO n° L 336, p. 1).

2. Se mantienen los efectos del citado Reglamento hasta

que el Consejo promulgue las medidas que está obligado

a adoptar para asegurar la ejecución de la presente sen-

tencia.

3. Cada parte cargará con sus propias costas.

(1) DO n° C 39 de 17. 2. 1987.

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida