Revisión del Reglamento interno del Comité de las Regiones.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2013-80915
Número oficial:
DOUE-L-2013-80915
Publicación:
04/05/2013
Departamento:
Unión Europea

Revisión del Reglamento interno del Comité de las Regiones

En su 99º Pleno, de 1 de febrero de 2013, el Comité de las Regiones decidió, conforme a lo dispuesto en el artículo 306, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, modificar el artículo 29 de su Reglamento interno, aprobado el 3 de diciembre de 2009, de la forma siguiente:

«Artículo 29 — Composición de la Mesa

La Mesa estará compuesta por las siguientes personas:

a) el Presidente;

b) el Vicepresidente primero;

c) un Vicepresidente por cada Estado miembro;

d) veintiocho miembros más;

e) los presidentes de los grupos políticos.

Al margen del Presidente, del Vicepresidente primero y de los presidentes de los grupos políticos, los puestos de la Mesa se distribuirán del modo siguiente entre las delegaciones nacionales:

— tres para Alemania, España, Francia, Italia, Polonia y Reino Unido,

— dos para Bélgica, Bulgaria, Croacia, República Checa, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Lituania, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Finlandia y Suecia,

— uno para Estonia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta y Eslovenia.».

Esta decisión quedará sujeta a la entrada en vigor del Tratado relativo a la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, prevista el 1 de julio de 2013, y entrará en vigor en esa misma fecha.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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