Reglamento (UE) nº 366/2010 de la Comisión, de 28 de abril de 2010, por el que se modifica por centésimo vigésimoquinta vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2010-80711
Número oficial:
DOUE-L-2010-80711
Publicación:
29/04/2010
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán ( 1 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El 12 de abril de 2010, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar los datos identificativos de siete personas físicas de la lista de personas, grupos y entidades a quienes deberá aplicarse la congelación de fondos y recursos financieros.

(3) El anexo I debe, pues, modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de abril de 2010.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente

João VALE DE ALMEIDA

Director General de Relaciones Exteriores

______________________________

( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 se modifica del modo siguiente:

1) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Ahmadullah (alias Ahmadulla) Título: Qari. Función: Ministro de Seguridad (Información) del régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1975. Lugar de nacimiento: distrito de Qarabagh, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana.», se sustituye por el texto siguiente:

«Ahmadullah (alias Ahmadulla) Título: Qari. Función: Ministro de Seguridad (Información) del régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1975. Lugar de nacimiento: distrito de Qarabagh, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: Supuestamente fallecido en diciembre de 2001. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.».

2) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Ahmad Jan Akhunzada. Título: Maulavi. Función: Gobernador de la provincia de Zabol (Afganistán) bajo el régimen talibán. Lugar de nacimiento: provincia de Urazgán, Afganistán. Nacionalidad: afgana», se sustituye por el texto siguiente:

«Ahmad Jan Akhundzada Shukoor Akhunzada [alias a) Ahmad Jan Akhunzada, b) Ahmad Jan Akhund Zada]. Título: a) Maulavi, b) Mullah. Función: Gobernador de la provincia de Zabol (Afganistán) bajo el régimen talibán. Lugar de nacimiento: provincia de Urazgán, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: miembro talibán a cargo de la provincia de Urazgán, Afganistán, a principios de 2007. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.».

3) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Hassan Abdullah Hersi Al-Turki (alias Hassan Turki). Título: jeque (sheik). Fecha de nacimiento: en torno a 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía oriental). Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informa de que se encuentra activo en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Ogaden, subclan Reer-Abdille; c) forma parte del liderazgo de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI); d) se cree que estuvo implicado en los ataques a las embajadas de Estados Unidos en Nairobi y Dar es Salaam en agosto de 1998», se sustituye por el texto siguiente:

«Hassan Abdullah Hersi Al-Turki [alias a) Hassan Turki, b) Hassen Abdelle Fihiye, c) Sheikh Hassan Abdullah Fahaih]. Título: a) jeque (sheik), b) coronel. Fecha de nacimiento: en torno a 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía oriental). Nacionalidad: somalí. Información adicional: a) se informa de que se encuentra activo en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2007; b) origen familiar: pertenece al clan Ogaden, subclan Reer-Abdille; c) forma parte del liderazgo de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI); d) se cree que estuvo implicado en los ataques a las embajadas de Estados Unidos en Nairobi y Dar es Salaam en agosto de 1998. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.».

4) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Khairullah Khairkhwah (alias Khairullah Mohammad Khairkhwah). Título: Maulavi. Función: Gobernador de la provincia de Herat (Afganistán) bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: en torno a 1963. Lugar de nacimiento: distrito de Arghistan, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana.», se sustituye por el texto siguiente:

«Khairullah Khairkhwah (alias Mullah Khairullah Khairkhwah). Título: a) Maulavi, b) Mullah. Función: a) Gobernador de la provincia de Herat (Afganistán) bajo el régimen talibán, b) Portavoz del régimen talibán, c) Gobernador de la provincia de Kabul bajo el régimen talibán, d) Ministro de Interior bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: en torno a 1963. Lugar de nacimiento: distrito de Arghistan, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: detenido en junio de 2007. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.».

5) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Abdul Manan Nyazi [alias a) Abdul Manan Nayazi, b) Abdul Manan Niazi, c) Baryaly, d) Baryalai]. Título: Mullah. Función: Gobernador de la provincia de Kabul bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1968. Lugar de nacimiento: distrito de Pashtoon Zarghoon, provincia de Herat, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: se cree que está en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán.», se sustituye por el texto siguiente:

«Abdul Manan Nyazi [alias a) Abdul Manan Nayazi, b) Abdul Manan Niazi, c) Baryaly, d) Baryalai]. Título: Mullah. Función: Gobernador de la provincia de Kabul bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1968. Lugar de nacimiento: distrito de Pashtoon Zarghoon, provincia de Herat, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: miembro talibán responsable de la provincia de Herat. Se cree que está en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.».

6) En el epígrafe «Personas físicas», la entrada «Nooruddin Turabi. Título: Mullah. Función: Ministro de Justicia del régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1963. Lugar de nacimiento: Kandahar, Afganistán. Nacionalidad:

afgana.», se sustituye por el texto siguiente:

«Nooruddin Turabi Muhammad Qasim (alias Noor ud Din Turabi). Título: a) Mullah, b) Malauvi. Función: Ministro de Justicia del régimen talibán. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1963. Lugar de nacimiento: a) Kandahar, Afganistán, b) distrito de Chora, provincia de Uruzgán, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 25.1.2001.»

En el epígrafe «Personas físicas», la entrada « Shams Ur-Rahman. Título: Mullah. Función: Viceministro de Agricultura del régimen talibán. Nacionalidad: afgana.», se sustituye por el texto siguiente:

«Shams Ur-Rahman Sher Alam [alias a) Shamsurrahman, b) Shams-u-Rahman]. Título: a) Mullah, b) Malauvi. Función: Viceministro de Agricultura del régimen talibán. Lugar de nacimiento: distrito de Suroobi, provincia de Kabul, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Información adicional: Supuestamente se encuentra en la frontera entre Afganistán y Pakistán. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 23.2.2001.»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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