Reglamento (UE) nº 293/2010 de la Comisión, de 8 de abril de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 820/2008, por el que se establecen medidas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2010-80620
Número oficial:
DOUE-L-2010-80620
Publicación:
09/04/2010
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 2320/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por el que se establecen normas comunes para la seguridad de la aviación civil ( 1 ), y, en particular, su artículo 4, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el Reglamento (CE) n o 2320/2002, la Comisión debe adoptar, en su caso, las medidas necesarias para la aplicación de normas básicas comunes de seguridad aérea en el conjunto de la Comunidad. Esas medidas detalladas se establecen en el Reglamento (CE) n o 820/2008 de la Comisión ( 2 ).

(2) Las medidas establecidas por el Reglamento (CE) n o 820/2008 en materia de restricción de líquidos transportados por pasajeros que lleguen en vuelos procedentes de terceros países y efectúen transbordo en aeropuertos comunitarios deben revisarse atendiendo a los avances técnicos, la incidencia en el funcionamiento de los aeropuertos y los efectos en los pasajeros.

(3) Tal revisión ha puesto de manifiesto que las restricciones de los líquidos transportados por los pasajeros que llegan en vuelos procedentes de terceros países y efectúan transbordo en aeropuertos comunitarios ocasionan ciertas dificultades de funcionamiento en tales aeropuertos y causan molestias a los pasajeros afectados.

(4) Concretamente, la Comisión ha verificado determinadas normas de seguridad en aeropuertos de determinados terceros países y ha llegado a la conclusión de que son satisfactorias, teniendo en cuenta además que dichos países tienen un buen historial de cooperación con la Comunidad y sus Estados miembros. Por ello, la Comisión ha decidido tomar medidas para paliar los problemas antes indicados con respecto a los pasajeros que transporten líquidos obtenidos en los mencionados aeropuertos de esos países.

(5) Procede modificar el Reglamento (CE) n o 820/2008 en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité para la seguridad de la aviación civil.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El apéndice 1 del anexo del Reglamento (CE) n o 820/2008 queda modificado por el anexo del presente Reglamento.

______________________________

( 1 ) DO L 355 de 30.12.2002, p. 1.

( 2 ) DO L 221 de 19.8.2008, p. 8.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de abril de 2010.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

ANEXO

En el apéndice 1 del anexo del Reglamento (CE) n o 820/2008 se añade el texto siguiente:

«— Malasia:

Aeropuerto internacional de Kuala Lumpur (KUL)».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida