Reglamento (UE) nº 119/2010 de la Comisión, de 9 de febrero de 2010, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1233/2009 que establece una medida específica de apoyo al mercado en el sector de la leche y los productos lácteos.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2010-80238
Número oficial:
DOUE-L-2010-80238
Publicación:
10/02/2010
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 2799/98 del Consejo, de 15 de diciembre de 1998, por el que se establece el régimen agromonetario del euro ( 1 ), y, en particular, su artículo 9,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) ( 2 ), y, en particular, su artículo 186 y su artículo 188, apartado 2, leídos en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo del Reglamento (UE) n o 1233/2009 de la Comisión ( 3 ) se fijan importes para ofrecer ayuda a los productores de leche afectados seriamente por la crisis del sector lácteo. Dado que esos importes están expresados en euros, es necesario fijar una fecha común de conversión de los mismos en moneda nacional en los Estados miembros que no han adoptado la moneda común al objeto de que se apliquen de manera uniforme y simultánea en toda la Unión. Por consiguiente, resulta oportuno determinar el hecho generador del tipo de cambio, según lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CE) n o 2799/98.

(2) A tenor del principio expuesto en el artículo 3, apartado 1, segundo guión, del Reglamento (CE) n o 2799/98 y de los criterios enunciados en el artículo 3, apartado 2, de ese mismo Reglamento, es conveniente que el hecho generador sea la fecha de entrada en vigor del Reglamento (UE) n o 1233/2009.

(3) Por consiguiente, es preciso modificar el Reglamento (UE) n o 1233/2009.

(4) En aras de una aplicación uniforme y simultánea en toda la Unión y lo más rápida posible, procede que el presente Reglamento entre en vigor a la mayor brevedad y que se aplique desde la fecha de entrada en vigor del Reglamento (UE) n o 1233/2009.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se añade el siguiente artículo 3 bis después del artículo 3 del Reglamento (UE) n o 1233/2009:

«Artículo 3 bis

El hecho generador del tipo de cambio aplicable a los importes fijados en el anexo será el 17 de diciembre de 2009.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 17 de diciembre de 2009.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de febrero de 2010.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

________________________

( 1 ) DO L 349 de 24.12.1998, p. 1.

( 2 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

( 3 ) DO L 330 de 16.12.2009, p. 70.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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