Reglamento (UE) 2018/1793 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2018, por el que se aprueba una modificación del expediente técnico de una indicación geográfica de bebida espirituosa registrada en el anexo III del Reglamento (CE) nº 110/2008 que supone la modificación de sus especificaciones principales [«Ron de Guatemala» (IG)].

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-81842
Número oficial:
DOUE-L-2018-81842
Publicación:
21/11/2018
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo (1), y en particular su artículo 17, apartado 8, y su artículo 21,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 110/2008, la Comisión ha examinado la solicitud presentada por la Asociación Nacional de Fabricantes de Alcoholes y Licores (ANFAL) con vistas a la aprobación de una modificación del expediente técnico de la indicación geográfica «Ron de Guatemala», registrada en virtud del citado Reglamento (CE) n.o 110/2008 (2).

(2)

Tras comprobar que la solicitud se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 110/2008, en aplicación de su artículo 17, apartado 6, la Comisión ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).

(3)

 

 

(4)

Dado que no se ha notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 17, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 110/2008, procede aprobar la modificación del expediente técnico de conformidad con el artículo 17, apartado 8, de dicho Reglamento.

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Bebidas Espirituosas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda aprobada la modificación del expediente técnico publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea relativa a la denominación «Ron de Guatemala» (IG).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1)  DO L 39 de 13.2.2008, p. 16.

(2)  Reglamento (UE) n.o 97/2014 de la Comisión, de 3 de febrero de 2014, que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas (DO L 33 de 4.2.2014, p. 1).

(3)  DO C 317 de 23.9.2017, p. 6.

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