Reglamento Delegado (UE) 2025/212 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2024, que corrige el Reglamento Delegado (UE) 2017/2055 de la Comisión, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades competentes en relación con el ejercicio del derecho de establecimiento y la libertad de prestación de servicios de las entidades de pago.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-80167
Número oficial:
DOUE-L-2025-80167
Publicación:
31/01/2025
Departamento:
Unión Europea

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE (1), y en particular su artículo 28, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2017/2055 de la Comisión (2) contiene un error en lo que respecta al número de identificación único en Dinamarca. Ese error afecta a la esencia del anexo.

(2) Procede, por tanto, corregir el Reglamento Delegado (UE) 2017/2055 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2017/2055 se corrige de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de septiembre de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 337 de 23.12.2015, p. 35, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2015/2366/oj.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2017/2055 de la Comisión, de 23 de junio de 2017, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades competentes en relación con el ejercicio del derecho de establecimiento y la libertad de prestación de servicios de las entidades de pago (DO L 294 de 11.11.2017, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2017/2055/oj).

ANEXO

En el anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2017/2055, la fila correspondiente a Dinamarca se sustituye por el texto siguiente:

«Dinamarca

Número de inscripción de la empresa (número CVR)

Número de 8 dígitos (por ejemplo: 12345678)

En el caso de las sociedades unipersonales: Número de inscripción de la empresa (número CVR)

En el caso de las personas físicas distintas de las sociedades unipersonales: Número de inscripción personal (número CPR)

Número de 8 dígitos en el formato 12345678

Número de 10 dígitos en el formato 123456-7890»

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