Reglamento de Ejecución (UE) nº 755/2011 del Consejo, de 1 de agosto de 2011, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81503
Número oficial:
DOUE-L-2011-81503
Publicación:
02/08/2011
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 442/2011 del Consejo, de 9 de mayo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria ( 1 ), y, en particular, su artículo 14, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 9 de mayo de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n o 442/2011.

(2) Habida cuenta de la gravedad de la situación en Siria y de conformidad con la Decisión de Ejecución 2011/488/PESC del Consejo, de 1 de agosto de 2011, por la que se aplica la Decisión 2011/273/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria ( 2 ), deben añadirse más personas a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sometidos a medidas restrictivas establecida en el anexo II del Reglamento (UE) n o 442/2011.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las personas enumeradas en el anexo del presente Reglamento se añadirán a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n o 442/2011.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

M. DOWGIELEWICZ

_________________________

( 1 ) DO L 121 de 10.5.2011, p. 1.

( 2 ) Véase la página 74 del presente Diario Oficial.

ANEXO

Personas a que se refiere el artículo 1

A. Personas

Nombre

Información de identificación (fecha de nacimiento, lugar de nacimiento…)

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

D. Mohammad Mufleh

Jefe de inteligencia militar siria de la ciudad de Hama, implicado en la represión contra los manifestantes

1.8.2011

2.

General de División Tawfiq Younes

Jefe del departamento de seguridad interior de la Dirección general de inteligencia; implicado en la violencia contra la población civil

1.8.2011

3.

D. Mohammed Makhlouf (alias Abu Rami)

Nacido en Latakia, Siria, 19.10.1932

Estrecho colaborador y tío materno de Bashar y Mahir al-Assad. Socio comercial y padre de Rami, Ihab e Iyad Makhlouf

1.8.2011

4.

Ayman Jabir

Nacido en Latakia

Asociado con Mahir al-Assad en la milicia Shabiha. Implicado directamente en la represión y violencia contra la población civil y en la coordinación de los grupos de la milicia Shabiha

1.8.2011

5.

General Ali Habib Mahmoud

Nacido en Tartous, 1939. Nombrado Ministro de Defensa el 3 de junio de 2009 Ministro de Defensa. Responsable de la dirección y de las operaciones de las Fuerzas Armadas sirias implicadas en la represión y violencia contra la población civil

1.8.2011

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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