Reglamento de Ejecución (UE) nº 672/2011 de la Comisión, de 13 de julio de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 968/2006, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 320/2006 del Consejo, por el que se establece un régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar en la Comunidad.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2011-81353
Número oficial:
DOUE-L-2011-81353
Publicación:
14/07/2011
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 320/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece un régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar en la Comunidad y se modifica el Reglamento (CE) n o 1290/2005 sobre la financiación de la política agrícola común ( 1 ), y, en particular, su artículo 12,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 6 del Reglamento (CE) n o 968/2006 de la Comisión ( 2 ) dispone que el período previsto para el desmantelamiento de las instalaciones de producción y el cumplimiento de los compromisos sociales y medioambientales a los que hace referencia el artículo 3, apartado 3, letra c), y apartado 4, letra c), del Reglamento (CE) n o 320/2006 pueda prorrogarse como máximo hasta el 30 de septiembre de 2011.

(2) Algunos productores de azúcar no podrán completar a tiempo el desmantelamiento de sus instalaciones de producción a menos que se prorrogue aún más la fecha límite prevista para ello. La prórroga, sin embargo, no debe ir más allá de lo estrictamente necesario para finalizar lo que resta de los trabajos de desmantelamiento. Atendiendo a la información de la que dispone la Comisión, la fecha límite ha de prorrogarse hasta el 31 de marzo de 2012 como máximo.

(3) Es preciso, pues, modificar a ese efecto el Reglamento (CE) n o 968/2006.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de los fondos agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 968/2006, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«No obstante lo dispuesto en el párrafo primero, letra b), a solicitud justificada de la empresa de que se trate, los Estados miembros podrán autorizar que la fecha límite fijada en dicha letra se prorrogue hasta el 31 de marzo de 2012 como muy tarde. En tal caso, la empresa presentará un plan de reestructuración modificado de conformidad con el artículo 11.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2011.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

______________________________

( 1 ) DO L 58 de 28.2.2006, p. 42.

( 2 ) DO L 176 de 30.6.2006, p. 32.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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