Reglamento de Ejecución (UE) nº 320/2014 de la Comisión, de 27 de marzo de 2014, que modifica el anexo VIII del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2014-80607
Número oficial:
DOUE-L-2014-80607
Publicación:
28/03/2014
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n o 1290/2005, (CE) n o 247/2006, (CE) n o 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) n o 1782/2003 ( 1 ), y, en particular, su artículo 57 bis, apartado 7,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 57 bis, apartado 9, del Reglamento (CE) n o 73/2009, Croacia notificó a la Comisión antes del 31 de enero de 2014 la superficie desminada y vuelta a utilizar para actividades agrarias en 2013. La notificación también incluye la correspondiente dotación presupuestaria para la campaña de solicitudes de 2014 y siguientes. Sobre la base del calendario de incrementos contemplado en el artículo 121 del Reglamento (CE) n o 73/2009, el anexo VIII de dicho Reglamento debe modificarse en consecuencia.

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Gestión de Pagos Directos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo VIII del Reglamento (CE) n o 73/2009 queda modificado de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2014.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

______

( 1 ) DO L 30 de 31.1.2009, p. 16.

ANEXO

El anexo VIII del Reglamento (CE) n o 73/2009 se modifica como sigue:

1) En el cuadro 2, en la columna relativa al año 2014, la entrada correspondiente a Croacia se sustituye por el texto siguiente:

(en miles EUR)

2014

«Croacia 114 180»

2) En el cuadro 3, en la columna relativa al año 2014, la entrada correspondiente a Croacia se sustituye por el texto siguiente:

(en miles EUR)

2014

«Croacia 114 180»

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