Reglamento de Ejecución (UE) nº 1404/2013 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) como aditivo en los piensos para cerdos de engorde (titular de la autorización: BASF SE).

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2013-82928
Número oficial:
DOUE-L-2013-82928
Publicación:
21/12/2013
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización.

(2) Se presentó una solicitud de autorización para un nuevo uso de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta- glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Dicha solicitud se presentó junto con la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.

(3) La solicitud se refiere a la autorización de un nuevo uso de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) como aditivo alimentario para cerdos de engorde, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».

(4) Se autorizó el uso de este preparado por un período de diez años en relación con lechones destetados, pollos de engorde, gallinas ponedoras, pavos de engorde y patos de engorde mediante el Reglamento (CE) n o 271/2009 de la Comisión ( 2 ), y con pollitas para puesta, pavos destinados a la reproducción, pavos criados para reproducción, otras especies menores de aves (excepto patos de engorde) y aves ornamentales, mediante el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1068/2011 de la Comisión ( 3 ).

(5) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), en su dictamen de 18 de junio de 2013 ( 4 ), confirmó sus conclusiones anteriores, a saber, que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) no tiene efectos adversos en la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. La Autoridad llegó a la conclusión de que este aditivo puede ser eficaz para los cerdos de engorde. Asimismo, no consideró necesario fijar requisitos de seguimiento consecutivos a la comercialización. La Autoridad verificó también el informe sobre el método de análisis del aditivo para alimentación animal en los piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido mediante el Reglamento (CE) n o 1831/2003.

(6) La evaluación del preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicho preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

_______________________

( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

( 2 ) Reglamento (CE) n o 271/2009 de la Comisión, de 2 de abril de 2009, relativo a la autorización del preparado de endo-1,4-beta- xilanasa y endo-1,4-beta-glucanasa como aditivo en piensos para lechones destetados, pollos de engorde, gallinas ponedoras, pavos de engorde y patos de engorde (titular de la autorización: BASF SE) (DO L 91 de 3.4.2009, p. 5).

( 3 ) Reglamento de Ejecución (UE) n o 1068/2011 de la Comisión, de 21 de octubre de 2011, relativo a la autorización de un preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404) como aditivo en piensos para pollitas para puesta, pavos destinados a la reproducción, pavos criados para reproducción, otras especies menores de aves (excepto patos de engorde) y aves ornamentales (titular de la autorización: BASF SE) (DO L 277 de 22.10.2011, p. 11).

( 4 ) EFSA Journal 2013; 11 (7):3285.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «digestivos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

ANEXO

Número de identificación del aditivo

Nombre del titular de la autorización

Aditivo

Composición, fórmula química, descripción y método analítico

Especie o categoría de animal

Edad máxima

Contenido mínimo

Contenido máximo

Otras disposiciones

Expiración del período de autorización

Unidades de actividad por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: digestivos

4a7

BASF SE

Endo-1,4-beta- xilanasa EC 3.2.1.8 Endo-1,4-beta- glucanasa EC 3.2.1.4

Composición del aditivo

Preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y de endo-1,4-beta- glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404), con una actividad mínima de: 5 600 TXU (1 ) y 2 500 TGU (2 )/g. Forma sólida y líquida. Caracterización de la sustancia activa endo-1,4-beta-xilanasa producida por Aspergillus niger (CBS 109.713) y endo-1,4-beta-glucanasa producida por Aspergillus niger (DSM 18404)

Métodos analíticos (3 ) Para la cuantificación de la actividad de endo-1,4- beta-xilanasa: método viscosimétrico basado en la disminución de la viscosidad producida por la acción de la endo-1,4-beta-xilanasa en un sustrato con contenido de xilano (arabinoxilano de trigo) a un pH de 3,5 y una temperatura de 55 °C. Para la cuantificación de la actividad de endo-1,4- beta-glucanasa: método viscosimétrico basado en la disminución de la viscosidad producida por la acción de endo- 1,4-beta-glucanasa en un sustrato con contenido de glucano (beta-glucano de cebada) a un pH de 3,5 y una temperatura de 40 °C.

Cerdos de engorde

560 TXU 250 TGU

1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense las condiciones de almacenamiento y la estabilidad de granulación.

2. Dosis recomendadas por kg de pienso completo: 560-840 TXU/250-375 TGU.

3. Indicaciones de seguridad: utilizar protección respiratoria, gafas y guantes durante la manipulación del preparado.

12 de enero de 2024

____________________

(1 ) 1 TXU es la cantidad de enzima que liberan 5 micromoles de azúcares reductores (en equivalentes de xilosa) por minuto a partir de arabinoxilano de trigo, a un pH de 3,5 y una temperatura de 55 °C.

(2 ) 1 TGU es la cantidad de enzima que libera 1 micromol de azúcares reductores (en equivalentes de glucosa) por minuto a partir de beta-glucano de cebada, a un pH de 3,5 y una temperatura de 40 °C.

(3 ) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/Pages/index.aspx

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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